ORDEN ECD/903/2024, de 1 de agosto, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a entidades locales aragonesas para el desarrollo de Programas de Cualificación Inicial de Formación Profesional, en la modalidad de talleres profesionales, y convocatoria de subvenciones a entidades locales aragonesas, para el desarrollo de Programas de Cualificación Inicial de Formación Profesional, en la modalidad de talleres profesionales, iniciados en el año 2023, en el marco del programa FSE + Aragón 2021-2027.EXTRACTO de la Orden ECD/903/2024, de 1 de agosto.

Estado


Pendiente convocatoria

Convocante


Departamento de Educación, Cultura y Deporte

Procedencia


CC.AA.

Objeto


El objeto de estas bases es regular las convocatorias de subvenciones y ayudas a las
entidades locales aragonesas para el desarrollo de los programas de cualificación
inicial en la modalidad de talleres profesionales, cuyo objetivo estratégico es la
igualdad de acceso a una educación y una formación de calidad e inclusivas, a través
de la reducción del abandono escolar temprano en alumnado que deja los centros
educativos o que presenta dificultades de aprendizaje o alguna discapacidad,
dotándoles de las competencias profesionales propias de una cualificación de nivel 1.

Beneficiarios


Las entidades locales aragonesas especificadas en el artículo 2 de la Ley 7/1999, de 9
de abril, de Administración Local de Aragón y sus entidades dependientes, que estén
incluidas en la correspondiente Resolución de la Dirección General competente en
materia de formación profesional que autorice la impartición de los programas de
cualificación inicial, en la modalidad de Talleres Profesionales. La convocatoria
recogerá un anexo específico con la relación de entidades locales aragonesas

autorizadas, por Resolución específica del Director General competente en
materia de formación profesional, a impartir Programas de Cualificación Inicial
de Formación Profesional, en la modalidad de Taller Profesional para el curso
correspondiente.

Plazo, lugar y forma de presentación


El plazo para la presentación de solicitudes será de diez días hábiles, a partir del día
siguiente a la publicación del extracto de la Orden de convocatoria en el “Boletín
Oficial de Aragón”.
Las solicitudes se formalizarán electrónicamente, según el modelo que se incluye
como anexo I en la presente Orden, que se encuentra disponible en la Sede
electrónica del Gobierno de Aragón https://www.aragon.es/tramitador/-
/tramite/subvencion-desarrollo-programas-cualifcacion-inicialy en la página web del
Departamento, https://educa.aragon.es/fp/ subvenciones-y-fnanciaci%C3%B3n.

Documentos adicionales


Orden 01-08-2024 br y con

Orden 01-08-2024 BR

Compartir en: