Orden de 7 de agosto de 2025 para la aprobación del gasto, bases reguladoras y convocatoria de subvenciones a los Ayuntamientos con una población inferior a 20.000 habitantes para la ejecución de actuaciones de “Proyectos de mejora de abastecimiento y reducción de pérdidas en redes de pequeños y medianos municipios” de la Región de Murcia.

Estado


Pendiente convocatoria

Convocante


Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería, Pesca y Medioambiente. Región de Murcia

Procedencia


CC.AA.

Ámbito


Murcia, Región de

Importe


Se establece una intensidad de la ayuda del 80% sobre el coste elegible del proyecto subvencionable. Por tanto, será necesaria la cofinanciación por parte de los ayuntamientos. En cualquier caso, la cuantía máxima de la ayuda no superará los 200.000 euros por solicitud, estableciéndose un máximo de dos solicitudes por ayuntamiento siguiendo lo señalado en la Orden de 7 de junio de 2022 de la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería, Pesca, Medio Ambiente y Emergencias por la que se aprueba la convocatoria y bases reguladoras de las subvenciones a los ayuntamientos con una población inferior a 20.000 habitantes para la ejecución de actuaciones de “Proyectos de mejora de abastecimiento y reducción de pérdidas en redes de pequeños y medianos municipios”.

La dotación de la presente convocatoria resulta de una cantidad remanente de la misma sin utilizar de 551.442,00 €, debido a renuncias de las ayudas concedidas por parte de algunos Ayuntamientos, que no han podido ejecutar las actuaciones financiadas por motivos técnicos –económicos y a las bajas económicas producidas en las licitaciones de los proyectos.    

Objeto


La presente Orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras para la convocatoria de 2025 de las ayudas a otorgar a los ayuntamientos de municipios inferiores a 20.000 habitantes, en régimen de concurrencia competitiva, y que gestionará la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, para la ejecución de actuaciones de su competencia en materia de obras hidráulicas/infraestructuras hidráulicas o contempladas en convenios de colaboración con entidades locales, y en concreto para la materialización de actuaciones de mejora del abastecimiento y reducción de pérdidas en redes de pequeños y medianos municipios, previstas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, concretamente formando parte del Componente 5 “Preservación del Litoral y recursos hídricos” e incluido en un Plan de Mejora del abastecimiento y reducción de pérdidas en redes de pequeños y medianos municipios tiene como objetivo acelerar las inversiones necesarias.


Las ayudas reguladas en la presente Orden, contribuyen a alcanzar el objetivo 76 marcado en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, mediante reformas y proyectos de inversión necesarios que persiguen materializar actuaciones en sistemas de abastecimiento para la mejora de la eficiencia, la reducción de las pérdidas en redes de distribución y la reparación y mejora de los depósitos e instalaciones de potabilización en pequeños y medianos municipios menores de 20.000 habitantes, además se ha incluido un nuevo objetivo CID (O#427) a alcanzar en esta fecha.

Beneficiarios


Podrán ser beneficiarias de las ayudas pequeños y medianos ayuntamientos con población menor a 20.000 habitantes que se encuentren ubicados en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (según datos del último padrón publicado por el INE antes de la publicación de la convocatoria), que cumplan con estas bases reguladoras y que, si bien son capaces de prestar el servicio de abastecimiento, tienen limitaciones técnicas y económicas para mejorar y renovar sus redes de agua potable, traduciéndose en un envejecimiento de los sistemas, un incremento de las pérdidas de agua de la red y una reducción en la garantía de los suministros.

Plazo, lugar y forma de presentación


La presentación de solicitudes se realizará obligatoriamente por medios electrónicos, a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica (https://sede.carm.es), en el procedimiento 3829 indicado en la correspondiente convocatoria, pudiendo emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidas por la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia


El plazo para la presentación de solicitudes será de 10 días hábiles a partir del día siguiente al de la fecha de publicación del extracto de la Orden de convocatoria en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.


Extracto de Convocatoria pendiente de publicación. 

Documentos adicionales


ORDEN de 7 de agosto_aprobacion gasto_BBRR y convocatoria

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