ORDEN de 3 de junio de 2026 por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a ayuntamientos de Galicia para la adquisición de vehículos, sus adaptaciones y maquinaria vinculada a actuaciones de prevención de incendios forestales, cofinanciadas en un 60 % por la Unión Europea en el marco del programa Galicia Feder 2021-2027
Estado
Abierto
Convocante
Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes. Xunta de Galicia
Procedencia
CC.AA.
Importe
La ayuda puede alcanzar un máximo de 30.000 € por proyecto. El FEDER cofinancia el 60 % del coste elegible, siendo el 40 % restante asumido íntegramente por el ayuntamiento beneficiario mediante recursos propios u otras aportaciones compatibles con la normativa aplicable. La dotación total de la convocatoria asciende a 1.087.500,00 €.
Objeto
Subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a ayuntamientos de Galicia para la adquisición de vehículos, sus adaptaciones y maquinaria vinculada a actuaciones de prevención de incendios forestales, cofinanciadas en un 60 % por la Unión Europea en el marco del programa Galicia FEDER 2021-2027.
Beneficiarios
Ayuntamientos de Galicia que cumplan los siguientes requisitos:
a) Tener una población igual o inferior a 30.000 habitantes, según las cifras oficiales del padrón municipal publicadas por el Instituto Gallego de Estadística.
b) Haber remitido la cuenta general correspondiente al ejercicio presupuestario de 2024 al Consejo de Cuentas antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Cada ayuntamiento podrá presentar una única solicitud, correspondiente a un único proyecto. Se entenderá por proyecto la solicitud integrada por una o varias unidades de vehículos, sus adaptaciones y/o maquinaria destinadas a actuaciones de prevención de incendios en el término municipal. El presupuesto elegible total del proyecto no podrá ser inferior a 15.000,00 € (IVA incluido). Asimismo, deberá aportarse acuerdo municipal por el que se solicita la subvención y se aceptan expresamente las condiciones de financiación, acreditado mediante certificación de la persona secretaria del ayuntamiento antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Plazo, lugar y forma de presentación
Las solicitudes se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia (https://sede.xunta.gal), dirigidas a la Dirección General de Administración Local. El plazo de presentación es de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la orden en el Diario Oficial de Galicia. Se entenderá como último día del plazo el correspondiente al mismo ordinal del día de la publicación. Si el último día del plazo fuese inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente; si en el mes de vencimiento no hubiera día equivalente al de la publicación, el plazo expirará el último día del mes.
Fecha de publicación de la orden en el DOG: 15 de junio de 2026
Documentos adicionales