ORDEN de 27 de junio por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la compra pública de innovación, cofinanciadas a través del programa FEDER Canarias 2021-2027.

Estado


Pendiente convocatoria

Convocante


Consejería de Universidades, Ciencia Innovación y Cultura

Procedencia


CC.AA.

Ámbito


Canarias

Importe


Con base en la Base 8 de la Orden de 27 de junio de 2025, la cuantía de la subvención para proyectos de Compra Pública de Innovación (CPI) en Canarias se determina de la siguiente manera:

1. Intensidad de la ayuda: Hasta el 100 % del gasto total elegible si el beneficiario es un organismo de investigación y difusión de conocimientos que realiza actividades no económicas o actividades económicas accesorias (menos del 20 % de su capacidad anual total). En caso de que el beneficiario realice actividades económicas, se aplicará el Reglamento (UE) 651/2014, artículo 25: La intensidad máxima será del 80 % del gasto total elegible, dependiendo del tipo de actividad (investigación industrial o desarrollo experimental) y del tamaño de la empresa.

2. Cuantía mínima y máxima por proyecto: Mínimo: 500.000 euros Máximo: 2.000.000 euros (Estos importes pueden modificarse en cada convocatoria según la disponibilidad presupuestaria).

3. Cálculo de la subvención: La subvención total se compone de:

Costes directos subvencionables, calculados a coste real. Costes indirectos subvencionables, que se fijan en un 7 % del total de los costes directos.

Objeto


La finalidad de estas subvenciones es impulsar la Compra Pública de Innovación (CPI) en la Comunidad Autónoma de Canarias, mediante la financiación de operaciones que permitan a entidades públicas adquirir productos o servicios innovadores desarrollados por empresas.


Estas ayudas tienen como objetivos concretos:


Mejorar la eficacia y eficiencia de los servicios públicos mediante soluciones innovadoras.
Fomentar la I+D+i empresarial, atrayendo inversión privada a través de contratos públicos.
Facilitar la entrada al mercado de innovaciones, utilizando al comprador público como cliente de referencia.
Estimular el emprendimiento y la innovación, especialmente en pequeñas y medianas empresas (PYME).

Beneficiarios


Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones aquellas entidades y organismos con capacidad de contratación pública, siempre que cumplan con los requisisitos establecidos en la Orden de 27 de junio de 2025 en el momento de presentar la solicitud.

Plazo, lugar y forma de presentación


El plazo para presentar solicitudes será el que se establezca en cada convocatoria específica. Este plazo será único y común para la generación, firma y presentación electrónica de la solicitud por parte de la persona representante legal de la entidad solicitante.


Fecha de publicacioón de la Orden en el Boletin Oficial de la Comunidad de Canarias: 09/07/2025.


Las solicitudes deberán presentarse exclusivamente por vía electrónica, a través del registro electrónico habilitado por la administración convocante. La presentación debe realizarla la persona representante legal de la entidad, utilizando los formularios y medios que se indiquen en la convocatoria correspondiente.

Documentos adicionales


ORDEN, 27 de junio_BBRR

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