Orden de 26 de enero de 2026, por la que se convocan las ayudas a proyectos acogidos a las Estrategias de Desarrollo Local Participativo, de los Grupos de Acción Local del Sector Pesquero y Acuícola Andaluz, durante el periodo de ejecución del marco del Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura 2021-2027, al amparo de la normativa que se cita.
Estado
Abierto
Convocante
Consejería de Agriculturas, Pesca, Agua y Desarrollo Rural. Andalucía
Procedencia
CC.AA.
Importe
Desglose por anualidades:
2026: 1.579.151 euros 2027: 1.570.849 euros
Desglose por tipo de beneficiario:
Cofradías de pescadores, federaciones y otras entidades públicas: 438.000 euros (2026: 298.200€ + 2027: 139.800€) Municipios: 215.000 euros (2026: 92.000€ + 2027: 123.000€) Personas y entidades privadas: 2.267.000 euros (2026: 1.070.951€ + 2027: 1.196.049€) Entidades sin ánimo de lucro: 230.000 euros (2026: 118.000€ + 2027: 112.000€)
Adicionalmente, se podrá contar excepcionalmente con hasta 2.000.000 euros adicionales sin necesidad de nueva convocatoria.
Intensidad de la ayuda: 50% general, hasta 100% para operaciones de pesca costera artesanal, interés colectivo o con características innovadoras a nivel local.
Corrección de errores: El importe total fue corregido de 2.536.250€ a 3.150.000€ mediante corrección publicada en BOJA núm. 47, de 10.3.2026.
Objeto
Estas subvenciones tienen por objeto la concesión de las ayudas a los proyectos acogidos a las EDLP de los GALPA, de conformidad con el objetivo específico 3.1 del Programa para España del Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura, «Contribuir a posibilitar una economía azul sostenible en las zonas costeras, insulares e interiores, y a fomentar el desarrollo de las comunidades pesqueras y acuícolas», regulado en el artículo 30 del Reglamento (UE) 2021/1139 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de julio de 2021, por el que se establece el Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura (en adelante, FEMPA), y al amparo de la Orden de 13 de marzo de 2024.
Beneficiarios
Podrán solicitar y ser entidades beneficiarias de las ayudas a los proyectos acogidos a las EDLP de los GALPA las personas o entidades que reúnan los requisitos establecidos en el artículo 3 de la Orden de 13 de marzo de 2024:
a) Las personas físicas o jurídicas.
b) Las entidades sin ánimo de lucro, siempre que tengan entre sus fines recogidos en sus estatutos algunos de los objetivos contemplados en el artículo 4.1 de la Orden de 13 de marzo de 2024.
c) Las cofradías de pescadores, sus federaciones y otras entidades públicas.
d) Los municipios incluidos en el ámbito territorial de cada GALPA.
Los GALPA podrán ser entidades solicitantes y beneficiarias y ejecutar operaciones conforme a sus EDLP, siempre que se respete el principio de separación de funciones.
Plazo, lugar y forma de presentación
Plazo de presentación de solicitudes: 10 días hábiles a partir del día siguiente a la publicación de este extracto en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Lugar de presentación: Las solicitudes se presentarán de forma electrónica a través de la Sede Electrónica General de la Junta de Andalucía, mediante el formulario Anexo I del Catálogo de Procedimientos y Servicios.
Forma de presentación: Presentación electrónica obligatoria, ajustándose al formulario Anexo I, dirigida a la Dirección General de Pesca, Acuicultura y Economía Azul.
Límite de solicitudes: Cada solicitante solo podrá presentar una solicitud por convocatoria, excepto los Grupos de Acción Local del Sector Pesquero y Acuícola (GALPA) que podrán presentar distintas solicitudes para proyectos de cooperación con diferentes GALPA.
Documentos adicionales
Orden_26_enero_2026_GALP_Pesca_Andalucia