ORDEN de 26 de agosto de 2024, por la que se establecen las bases reguladoras y la convocatoria de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva para la creación y el funcionamiento de comunidades energéticas, en el marco de la Estrategia de Energía Sostenible en las Islas Canarias (Programa 2, Línea 2), con cargo al instrumento de financiación europeo fondos «Next Generation EU», en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (Componente 7, Inversión 2).

Estado


Abierto

Convocante


Consejería de Transición Ecológica y Energía. Canarias

Procedencia


CC.AA.

Importe


La cuantía de la subvención será fija y será el 100% de los costes subvencionables, con un máximo de 100.000 euros por proyecto.

Objeto


Reforzar el funcionamiento de las comunidades energéticas destinándose a los gastos de constitución, creación y puesta en marcha de modelos de funcionamiento de comunidades energéticas, siempre que las mismas estén orientadas a la producción, distribución y uso de energías renovables y a la eficiencia energética. Serán subvencionables aquellas constituidas a partir del 16 de julio de 2022, fecha de entrada en vigor del Real Decreto 451/2022.

Beneficiarios


Las comunidades energéticas que se hayan constituido en el plazo de los últimos cuatro (4) años desde la publicación en el Boletín Oficial de Canarias (BOC) de las presentes bases reguladoras. A estos efectos, se consideran como comunidades energéticas aquellas que encajen en el concepto previsto en el apartado 2.2 de las presentes bases, con independencia de su forma jurídica, siempre que gocen de personalidad jurídica plena y reúnan el resto de los requisitos previstos en las bases reguladoras.


Cualesquiera persona física o jurídica, pública o privada, que tengan su domicilio social en la Comunidad Autónoma de Canarias, siempre que promuevan la constitución o nueva creación de una comunidad energética y cumplan con todos los requisitos exigidos en las presentes bases.

Plazo, lugar y forma de presentación


El plazo de presentación de solicitudes comenzará el día 2 de septiembre de 2024 y finalizará el día 2 de noviembre de 2024. Por el siguiente: El plazo de presentación de solicitudes comenzará el día 2 de septiembre de 2024 y finalizará el 2 de
diciembre.

Documentos adicionales


Orden 26 de agosto_BBRR y Convocatoria

Extracto Orden 26 de agosto

Orden de 17 de octubre de 2024_EXTRACTO

Orden de 17 de octubre de 2024_Ampliación solicitud y modificación de BB.RR

Compartir en: