Orden de 22 de julio de 2026 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a las entidades locales de la Comunidad Autónoma de Galicia para la prestación de servicios en el marco de la Red gallega de atención temprana en los años 2026 a 2028, cofinanciada por la Unión Europea en el marco del programa FSE+ Galicia 2021-2027, y se procede a su convocatoria
Estado
Abierto
Convocante
Conselleria de Política Social e Igualdad. Galicia
Procedencia
CC.AA.
Importe
El importe se calcula por el sistema de costes simplificados, mediante un módulo de coste unitario de 22,23 € por hora acreditada de trabajo del equipo, al que se añade un tipo fijo del 30% en concepto de otros costes directos e indirectos (fórmula: nº de horas del equipo × 22,23 € × 1,30).
En todo caso, con los siguientes importes máximos por entidad beneficiaria según la población de menores de 0-6 años del ámbito territorial de prestación:
- Categoría 1 (gestión individual, hasta 1.100 menores de 0-6 años): hasta 12.100,00 €/mes subvencionable.
- Categoría 2 (gestión compartida, hasta 1.100 menores de 0-6 años): hasta 15.287,00 €/mes subvencionable.
- Categoría 3 (gestión compartida o individual, más de 1.100 menores de 0-6 años): hasta 18.344,40 €/mes subvencionable.
Número máximo de horas subvencionables por profesional a jornada completa para el período de 24 meses: 3.440 horas (proporcional en períodos inferiores o dedicación parcial).
Dotación total de la convocatoria (contexto): 18.453.710,23 €, cofinanciación FSE+ del 60% (11.072.226,14 €), distribuida entre Programa I y Programa II en las anualidades 2026-2028.
Objeto
Establecimiento de las bases reguladoras y convocatoria de subvenciones a las entidades locales de Galicia para la prestación de servicios de atención temprana en 2026, 2027 y 2028, al amparo del Decreto 183/2013, por el que se crea la Red gallega de atención temprana. La prestación podrá ser de gestión individual o compartida, y directa o indirecta. Se articula en dos programas: Programa I, de consolidación de los servicios de atención temprana ya subvencionados por las órdenes anteriores (27/06/2024 y 24/09/2025), promovidos por ayuntamientos, entidades locales o agrupaciones que den continuidad a los ya subvencionados; y Programa II, destinado a servicios de atención temprana existentes actualmente no subvencionados y a la implantación de nuevas unidades. El objeto de la prestación son las intervenciones dirigidas a la población infantil de 0 a 6 años, su familia y su entorno, para dar respuesta a las necesidades de menores con trastornos en el desarrollo o en riesgo de padecerlos, facilitando el desarrollo de su autonomía personal y la inclusión social.
Beneficiarios
Entidades locales de Galicia o agrupaciones de ellas, según el tipo de gestión: para gestión individual, ayuntamientos (incluidos los resultantes de fusión municipal); para gestión compartida, agrupaciones de ayuntamientos y/o de mancomunidades, mancomunidades de ayuntamientos y consorcios locales constituidos exclusivamente por ayuntamientos. Quedan excluidas las diputaciones provinciales.
Plazo, lugar y forma de presentación
El plazo de presentación de solicitudes será de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la orden en el Diario Oficial de Galicia. Se entenderá como último día del plazo el correspondiente al mismo ordinal del día de la publicación. Las solicitudes se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado (Anexo I) disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia (https://sede.xunta.gal), dirigidas a la Dirección General de Personas con Discapacidad.
Fecha de la publicación de la Orden en el Diario Oficial de Galicia: 10 de agosto de 2026.
Documentos adicionales