ORDEN AGA/233/2025

Estado


Abierto

Convocante


Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente. Aragón

Procedencia


Estatal

Ámbito


Aragón

Importe


Los importes vienen definidos en el artículo decimotercero de la convocatoria. Estas cuantías serán cofinanciadas en un porcentaje del 43 % por el FEADER, y de un 57 % por la Administración de la Comunidad Autónoma.

Objeto


Esta Orden tiene por objeto convocar las subvenciones para la cooperación para el medio ambiente en el ámbito de la sanidad y del bienestar animal, para el año 2025 en la Comunidad Autónoma de Aragón, amparadas por la intervención 7165 del Plan Estratégico Nacional de la PAC 2023-2027 (en adelante PEPAC).


La finalidad de estas subvenciones es la creación de redes zoosanitarias que
contribuyan a los objetivos establecidos en el artículo 3 de la Orden AGA/737 /2024,
de 5 de julio.

Beneficiarios


1. Las redes zoosanitarias que se constituyan con personalidad jurídica propia. El representante legal asumirá la coordinación del grupo. 2. Cuando la red zoosanitaria carezca de personalidad jurídica, podrán ser beneficiarias las entidades componentes del grupo siempre que tengan personalidad jurídica y se refleje en el documento vinculante su condición de beneficiarias:


a) Al menos, dos beneficiarias deberán ser ADSG con personalidad jurídica diferenciada, que no tengan relaciones orgánicas o funcionales entre sí, oficialmente reconocidas por la Comunidad Autónoma de Aragón e inscritas en el Registro Autonómico de Agrupaciones de Defensa Sanitaria Ganaderas (salvo en los ámbitos en que solo exista una ADSG que englobe más del 80% de las explotaciones de una especie en el ámbito territorial mínimo de una provincia, que deberá ser beneficiaria).


b) Pueden ser beneficiarias las agrupaciones de productores agrarios, las organizaciones que actúen en el ámbito agroalimentario, las empresas e industrias del sector agroalimentario y sus agrupaciones, en particular las cooperativas agrarias y sus asociaciones o federaciones, otras organizaciones o asociaciones del ámbito agroalimentario, siempre que sean componentes de la red zoosanitaria y así conste en el correspondiente documento vinculante. Su actividad estará estrechamente relacionada con el medio agrario y rural aragonés. En todo caso, las empresas deben tener la condición de pyme de conformidad con lo dispuesto en el anexo I del
Reglamento (UE) 2022/2472, de la Comisión de 14 de diciembre de 2022.


c) También pueden ser beneficiarias siempre que sean componentes de la red zoosanitaria, las administraciones (central, autonómica y local), universidades, centros tecnológicos, otros centros públicos de I+D y otros entes públicos.


d) La entidad coordinadora puede no ser beneficiaria de la ayuda, siempre que así
conste en el documento vinculante


 

Plazo, lugar y forma de presentación


El plazo de presentación de las solicitudes será hasta el 31 de marzo incluido.


Las entidades interesadas confeccionarán y presentarán su solicitud y la documentación relacionada con la misma a través de los registros electrónicos de la Administración, en la Sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón, accesible en la url: https://aragon.es/tramites,con su certificado electrónico o clave permanente, indicando en el buscador el código 10727 para la solicitud y documentación del grupo de cooperación/red zoosanitaria; y el código 10728 para las solicitudes individuales de las entidades interesadas, en el que se hará referencia al identificador (clave de registro del TTO 10727) de la red zoosanitaria a la que pertenece; y seleccionando la opción Iniciar Trámite.


Para la presente convocatoria sólo podrá presentarse una solicitud por red zoosanitaria constituida y cada solicitud incluirá un solo proyecto.

Documentos adicionales


ORDEN AGA/233/2025, de 17 de febrero_Convocatoria.

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