ORDEN 672/2025, de 11 de marzo, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, de bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la digitalización y dotación de material a Unidades Activas de Ejercicio Físico

Estado


Abierto

Convocante


Consejería de Cultura, Turismo y Deporte. Comunidad de Madrid

Procedencia


CC.AA.

Ámbito


Comunidad de Madrid

Importe


La cuantía máxima a conceder a cada Ayuntamiento será de el cien por ciento de la cuantía económica solicitada, hasta el importe máximo de 10.000 euros por UAEF, que se entregará a aquellos Ayuntamientos que cuenten con mayor puntuación según los criterios de valoración y con el límite presupuestario máximo de 400.000 euros. 

Objeto


Esta orden tiene por objeto aprobar las bases reguladoras de las ayudas que convoque la consejería competente en materia de Deporte, en régimen de concurrencia competitiva, para la puesta en marcha o facilitar el funcionamiento de las Unidades Activas de Ejercicio Físico (en adelante UAEF) en el marco del Programa de Prescripción de Actividad Física y Ejercicio Físico de la Comunidad de Madrid (en adelante, el Programa), de 23 de diciembre de 2022, dotándolas de equipamiento informático, material de valoración de la condición física y elementos de identificación de la UAEF, necesarios para facilitar el acceso y su proceso de iniciación deportiva, a los usuarios del Programa derivados del ámbito sanitario y a los que estas UAEF dan cobertura, con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España (en adelante, PRTR), aprobado mediante Acuerdo del Consejo de Ministros de 27 de abril de 2021, y se procede a su convocatoria correspondiente para el año 2025, conforme a lo establecido en el Capítulo V, Título IV del Real Decreto-Ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.


Las inversiones resultantes de estas ayudas  se incardina  en  el C26.I01.P02. Referido a la  implantación de la Prescripción de Actividad y Ejercicio Físico. Tiene como objetivo crear estructuras deportivas o comunitarias locales contando con educadores físicos y deportivos que permitan atender eficientemente las derivaciones que generen los profesionales sanitarios. Creación de Unidades Activas de Ejercicio Físico o denominación equivalente, así lo prevé la Resolución de 4 de julio de 2022, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Deporte, de 9 de mayo de 2022, relativo a la distribución territorial y criterios de reparto del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia

Beneficiarios


Ayuntamientos de los municipios de la Comunidad de Madrid que cumplan los siguientes requisitos:

a) Contar, al menos, con un preparador físico por cada una de las UAEF por las que se solicita la ayuda, conforme a lo establecido en la Ley 6/2016, de 24 de noviembre, por la que se ordena el ejercicio de las profesiones del deporte en la Comunidad de Madrid, que a los solos efectos de este Programa se denominará Promotor de ejercicio físico, que será el encargado de prestar el servicio de asesoramiento técnico personalizado a los usuarios derivados al sistema deportivo desde el sistema sanitario.

b) Tener al menos una UAEF.

c) Designar la figura de un coordinador en cada UAEF, que necesariamente deberá ser elegido de entre los promotores de ejercicio físico que realicen sus funciones en la misma, y que será el responsable de la interlocución de esta UAEF con los gestores del Programa.

d) Designar un responsable municipal que asuma la gestión de las altas, bajas y modificaciones de los promotores y coordinadores de las UAEF en la aplicación informática desarrollada al efecto. Este responsable debe ser empleado público del propio Ayuntamiento.

e) Contar con, al menos, una ruta saludable dentro de su término municipal, disponible en formato digital, y una actividad dirigida específica, de carácter gratuito para los usuarios del Programa, ofertada por el sistema deportivo municipal a disposición del mismo.

Plazo, lugar y forma de presentación


Quince días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Fecha de publicación del extracto en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid: 26/3/25. 

El número máximo de UAEF subvencionables por municipio será de veinte. Si en alguna de las solicitudes seleccionadas, que incluyera varias UAEF, se llegara al límite del presupuesto fijado en la convocatoria, la ayuda podrá alcanzar hasta la petición de financiación para la última UAEF que pueda financiarse completamente, según el orden establecido por el ayuntamiento en la memoria de necesidad.


Los ayuntamientos de los municipios de la Comunidad de Madrid que estén interesados en participar en la convocatoria de subvenciones, deberán presentar el impreso de solicitud, conforme al modelo normalizado que se publicará en la sede electrónica de la Comunidad de Madrid, en la dirección electrónica: https://sede.comunidad.madrid , junto con el resto de documentación solicitada.

Documentos adicionales


ORDEN 6722025, de 11 de marzo_BB.RR y Convocatoria

ORDEN 6722025, de 11 de marzo_Extracto

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