Orden 143/2024, de 23 de agosto, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas al fomento de la inversión en infraestructuras para actividades de turismo activo y ecoturismo, en el marco del componente 14, inversión 1, del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU-, actuaciones de cohesión entre destinos Castilla-La Mancha 2023. Turismo cultural, activo y sostenible, y se efectúa la convocatoria para 2024. Extracto BDNS (Identif.): 782370

Estado


Cerrado

Convocante


Consejería de Economía, Empresas y Empleo. Castilla-La Mancha

Procedencia


CC.AA.

Importe


Esta orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras y aprobar la convocatoria 2024 para el fomento de la inversión en infraestructuras para actividades de turismo activo y ecoturismo, en el marco del componente 14 Inversión, submedida 2, del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión EuropeaNext Generation EU.

Objeto


Esta orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras y aprobar la convocatoria 2024 para el fomento de la inversión en infraestructuras para actividades de turismo activo y ecoturismo, en el marco del componente 14 Inversión, submedida 2, del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión EuropeaNext Generation EU.

Beneficiarios


Entidades Locales, Agrupaciones de Municipios y Grupos de Acción Local del ámbito territorial de Castilla-La Mancha en las que concurra la circunstancia de que el territorio sobre el que desarrollen sus competencias y en el que realice la actuación subvencionable, o está integrado en la Red de Áreas Protegidas de Castilla-La Mancha, y/o está incluido entre las zonas de intensa despoblación o de extrema despoblación, que establece el Decreto 108/2021, de 19 de octubre y que realicen alguna actuación subvencionable con arreglo a esta orden.

Plazo, lugar y forma de presentación


Las solicitudes se presentarán en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de la correspondiente convocatoria y de su extracto en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.


Las solicitudes se presentarán de forma telemática con firma electrónica, a través del formulario normalizado que se establezca en la correspondiente convocatoria, que se incluirá en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://www. jccm.es)

Documentos adicionales


Orden 143 ⁄ 2024_BB.RR

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