Ayudas a la movilidad eléctrica Programa MOVES III: Comunidad de Madrid
Estado
Abierto
Convocante
Fundación de la Energía de la Comunidad de Madrid
Procedencia
CC.AA.
Objeto
La Fundación de la Energía de la Comunidad de Madrid ha activado el Programa MOVES III de incentivos a la movilidad eficiente y sostenible, dotado con 53 millones de euros destinados a ayudas para la compra de vehículos eléctricos y la implantación de infraestructuras de recarga. Esta iniciativa tiene como objetivo contribuir a la descarbonización del sector del transporte mediante el fomento de la electrificación de la movilidad.
De esta forma la dotación económica total asignada al Programa de incentivos 1 queda fijada en 47.667.947,46 euros y la dotación económica total asignada al Programa de incentivos 2 queda fijada en 35.306.225,59 euros.
Beneficiarios
Mediante resolución de 18 de julio de 2022, se modifica la convocatoria en algunos aspectos, entre ellos:
Podrán ser destinatarios últimos de las ayudas previstas en esta convocatoria, conforme a lo previsto en la misma para cada tipología de actuación, siempre que tengan su residencia fiscal en España y cumplan los requisitos establecidos en la presente convocatoria y en el Real Decreto 266/2021, de 13 de abril, cualesquiera de los sujetos que se enumeran a continuación:
1º Las personas físicas que desarrollen actividades económicas, por las que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado, en cuyo caso habrán de estar dados de alta en el Censo de Empresarios, profesionales y Retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
2º Las personas físicas mayores de edad, a excepción de los casos de discapacidad, que podrán ser menores de edad, con residencia fiscal en España y no incluidas en el anterior apartado.
3º Las comunidades de propietarios, reguladas por la Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre propiedad horizontal, que habrán de cumplir con lo previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y en particular con lo establecido en su Artículo 11.3.
4º Las personas jurídicas, válidamente constituidas en España en el momento de presentar la solicitud, y otras entidades, con o sin personalidad jurídica, cuyo número de identificación fiscal (NIF) comience por las letras A, B, C, D, E, F, G, J, R o W. También serán elegibles las Entidades de Conservación de Polígonos o Sociedades Agrarias de Transformación cuyo NIF comience por V.
5º Las entidades locales conforme al Artículo 3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, y el sector público institucional de cualesquiera Administraciones Públicas a que se refiere el Artículo 2.2 de la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, siempre que no ejerzan actividades económicas por las que ofrezcan bienes y servicios en el mercado en cuyo caso se considerarán incluidas en el anterior ordinal 4º.
Plazo, lugar y forma de presentación
Las ayudas se pueden solicitar desde el 23 de julio de 2021, y hasta el 31 de diciembre de 2023, y deberán tramitarse a través de la página web del Programa MOVES III en la Comunidad de Madrid https://movestresmadrid.com/
RESOLUCIÓN de 30 de diciembre de 2021, de la Fundación de la Energía de la Comunidad de Madrid, por la que se modifica la Resolución de 15 de julio de 2021, de la Fundación de la Energía de la Comunidad de Madrid por la que se convoca la concesión de ayudas a la movilidad eléctrica del Programa MOVES III-años 2021-2022-2023. https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2022/01/10/BOCM-20220110-27.PDF
RESOLUCIÓN de 3 de enero de 2022, de la Fundación de la Energía de la Comunidad de Madrid, por la que se amplía de oficio el plazo de justificación de las subvenciones concedidas, al amparo de la convocatoria de ayudas aprobada por Resolución de la Fundación de la Energía de la Comunidad de Madrid de 15 de julio de 2021, por la que se convoca la concesión de ayudas a la movilidad eléctrica del Programa MOVES III-Año 2021-2022-2023.https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2022/01/13/BOCM-20220113-27.PDF
Documentos adicionales