Incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables. Andalucía

Estado


Cerrado

Convocante


Agencia Andaluza de la Energía

Procedencia


CC.AA.

Ámbito


Autonómico

Objeto


Resolución de 28 de septiembre de 2021 de la Agencia Andaluza de la Energía, por la que se convocan para el periodo 2021-2023, en régimen de concurrencia no competitiva, los incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en Andalucía.


La finalidad de estos incentivos es promover la adquisición de sistemas de autoconsumo y almacenamiento, con fuentes de energía renovable, así como la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial para contribuir al cumplimiento de los objetivos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia que se aprueben por las instituciones europeas competentes, contribuyendo con ello a la descarbonización de los distintos sectores de la economía, así como a la consecución de los objetivos fijados tanto por el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima 2021-2030 como la Estrategia de Almacenamiento Energético.


Serán incentivables las actuaciones contempladas en el artículo 13 y en el Anexo I del Real Decreto 477/2021, de 29 de junio, relacionadas a continuación, con las características, alcance y requisitos que se establecen en las citadas bases reguladoras:


a) Programa de incentivos 1: Realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, en el sector servicios, con o sin almacenamiento.


b) Programa de incentivos 2: Realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, en otros sectores productivos de la economía, con o sin almacenamiento.


c) Programa de incentivos 3: Incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, ya existentes en el sector servicios y otros sectores productivos.


d) Programa de incentivos 4: Realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector, con o sin almacenamiento.


e) Programa de incentivos 5: Incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, ya existentes en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector.


f) Programa de incentivos 6: Realización de instalaciones de energías renovables térmicas en el sector residencial.


Acceso a la Resolución de 28 de septiembre de 2021, de la Agencia Andaluza de la Energía, por la que se convocan para el periodo 2021-2023 los incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en Andalucía acogidos al Real Decreto 477/2021, de 29 de junio


Mediante la Resolución de 13 de noviembre de 2023, se amplía el crédito máximo de esta convocatoria hasta la cantidad de 233.668.633€ repartidos en los 6 programas tal y como recoge la propia Resolución.


Mediante Resolución de 17 de enero de 2024 se amplía la vigencia del programa hasta el 31 de julio de 2024, sin modificar la fecha final de presentación de solicitudes que será el 31 de diciembre de 2023.

Mediante Resolución de 15 de marzo de 2024, se modifica la convocatoria de 28 de septiembre de 2021 en varios aspectos.

Beneficiarios


Destinatarios últimos: (entre otros)


Dentro de los programas de incentivos 1, 2 y 3, se considerarán como personas o entidades beneficiarias las siguientes:


Las personas jurídicas y agrupaciones de empresas o de personas físicas, con o sin personalidad jurídica, que realicen una actividad económica por la que ofrezcan bienes o servicios en el mercado, incluyendo, entre otros: los gestores de polígonos industriales, de naturaleza pública o privada.


Para los programas de incentivos 4 y 5, se considerarán como personas o entidades beneficiarias de los incentivos las siguientes:


Las entidades locales y el sector público institucional de cualesquiera Administraciones Públicas a que se refiere el artículo 2.2 de la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, este último siempre que no realice ninguna actividad económica por la que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado. En caso contrario, se considerarán incluidas en los programas de incentivos 2 o 3 previstos en el artículo 13 del Real Decreto 477/2021, de 29 de junio.


Para el programa de incentivos 6, se considerarán como personas o entidades beneficiarias de los incentivos, las siguientes:


Las entidades locales y del sector público institucional de cualesquiera Administraciones Públicas a que se refiere el artículo 2.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, cuando se pueda excluir la existencia de ayuda de estado.


En todos los programas de incentivos, los ayuntamientos, las diputaciones provinciales o las entidades equivalentes y las mancomunidades o agrupaciones de municipios andaluces, y  cualesquiera organismos públicos y entidades de derecho público vinculados o dependientes tanto de la administración local como autonómica correspondiente, podrán acceder a la condición de persona o entidades beneficiarias de los incentivos como representantes de agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, propietarios de instalaciones del sector servicios u otros sectores productivos que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo la ejecución de las correspondientes actuaciones de autoconsumo con fuentes de energía renovable, debiendo cumplirse, en todo caso, lo previsto por el párrafo segundo del artículo 11.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.


 

Plazo, lugar y forma de presentación


El plazo de presentación de las solicitudes de incentivos comenzará a las 9:00 horas del día 2 de diciembre de 2021. Este plazo finalizará cuando se declare su conclusión por la persona titular de la Dirección Gerencia de la Agencia Andaluza de la Energía, que podrá realizarse de forma independiente por programas, mediante resolución que será publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y, en su defecto, el día 31 de diciembre de 2023.


Mediante el Real Decreto 1178/2023, de 27 de diciembre, por el que se modifica la normativa reguladora y se adaptan al marco europeo de ayudas de Estado determinados programas de ayudas de rehabilitación energética y energías renovables del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, se amplía el plazo de vigencia del programa hasta el 31 de julio de 2024, manteniéndose, no obstante, la finalización del plazo de presentación de solicitudes en el 31 de diciembre de 2023.


Se solicitarán en la Agencia Andaluza de Energía.

 

Documentos adicionales


Res 17-1-24 amplia vigencia programa

Res 13-11-23 amplia credito

Res 28-9-21 Extracto

Resolución 28-9-21 Conv

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