EXTRACTO de la Resolución de 21 de mayo de 2025 por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones JOVEL 2025 para la contratación temporal de jóvenes desempleados por ayuntamientos de más de 5.000 habitantes y diputaciones provinciales de Castilla y León

Estado


Abierto

Convocante


Consejería de Industria, Comercio y Empleo. Castilla y León

Procedencia


CC.AA.

Ámbito


Castilla y León

Importe


El importe máximo subvencionable por contrato de un año a jornada completa es de 22.610 euros.

El importe total convocado para la subvención JOVEL 2025 es de 4.614.780 euros.

Objeto


La finalidad de esta convocatoria de subvenciones JOVEL 2025 es promover la contratación temporal de personas jóvenes desempleadas, inscritas como demandantes de empleo no ocupadas en el Servicio Público de Empleo de Castilla y León y en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil. Dirigida a ayuntamientos de más de 5.000 habitantes y diputaciones provinciales de Castilla y León.

Beneficiarios


Serán beneficiarios de las subvenciones JOVEL 2025 los municipios de Castilla y León con más de 5.000 habitantes y las diputaciones provinciales de la comunidad autónoma que presenten solicitud, cumplan los requisitos establecidos en la convocatoria y realicen contrataciones temporales de personas jóvenes desempleadas.


Estas personas deberán estar inscritas como demandantes de empleo no ocupadas en el Servicio Público de Empleo de Castilla y León y en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, con el fin de participar en la ejecución de obras y servicios de interés general y social en el ámbito local.

Plazo, lugar y forma de presentación


El plazo para la presentación de solicitudes será de 20 días naturales, contados a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Castilla y León.


Las solicitudes deberán presentarse exclusivamente de forma electrónica a través de la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, disponible en la dirección https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es. Para ello, deberá utilizarse el modelo normalizado que se encuentra en dicha plataforma.


Cada entidad local únicamente podrá presentar una solicitud. En caso de que se registre más de una, solo se tendrá en cuenta la última presentada dentro del plazo establecido.

Documentos adicionales


EXTRACTO, 21 de mayo_resolución

ORDEN IEM14982023, 27 de diciembre_bases reguladoras

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