Orden de 6 de julio de 2026, de la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería y Pesca, por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas Leader financiadas por la intervención 7119 para la ejecución de proyectos no programados en el marco del PEPAC del GAL Asociación para el Desarrollo Rural Campoder
Estado
Abierto
Convocante
Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería y Pesca. Región de Murcia
Procedencia
CC.AA.
Importe
Para las líneas dirigidas a entidades locales: L.2 (Espacio de Ocio, patrimonio natural y cultural), hasta el 100% de los gastos subvencionables, con inversión mínima de 10.000 € y ayuda máxima de 150.000 € por proyecto (120.000 € para recuperación de hábitats, senderos y rehabilitación de patrimonio construido; 18.000 € para recuperación del patrimonio inmaterial y activación cultural). L.3 (Territorio Habitable, servicios dotacionales, transformación digital y cohesión social), hasta el 100% de los gastos subvencionables, con inversión mínima de 6.000 € y ayuda máxima de 60.000 € por proyecto (30.000 € para proyectos de cohesión social; 18.000 € para cooperación público-privada). La dotación total destinada a entidades locales es de 500.948,91 €.
Objeto
Concesión de ayudas LEADER en régimen de concurrencia competitiva para financiar proyectos no programados en el territorio de la Estrategia de Desarrollo Local Participativo "Creando un Espacio de Vida" del GAL Asociación para el Desarrollo Rural Campoder, en el marco de la intervención 7119.02.01 del PEPAC 2023-2027. El ámbito territorial comprende pedanías y zonas rurales de los municipios de Águilas, Cartagena, Fuente Álamo, Lorca, Mazarrón, Murcia y Puerto Lumbreras. Los objetivos estratégicos de la EDLP son apoyar iniciativas empresariales, la función recreativa del territorio y la mejora de la habitabilidad, con la finalidad de promover el empleo, la igualdad de género, la inclusión social, el desarrollo local y la bioeconomía circular en el medio rural.
Beneficiarios
Para las líneas L.2 "Campoder, Espacio de Ocio" y L.3 "Campoder, Territorio Habitable": administraciones públicas locales (ayuntamientos, mancomunidades, entidades locales menores y consorcios). Para la línea L.1 "Campoder, Territorio Activo": empresas y personas físicas o jurídicas de derecho privado que no sean grandes empresas. Para la línea L.4 "Campoder, Capital Social": entidades sin ánimo de lucro privadas. Los GAL y las grandes empresas no pueden ser beneficiarios.
Plazo, lugar y forma de presentación
Hasta el 31 de octubre de 2026. Las solicitudes se presentan exclusivamente de forma electrónica a través del formulario con código 4748 en la Sede Electrónica de la CARM (https://sede.carm.es).
Fecha de la publicación del extracto en el BORM: 10 de julio de 2026
Documentos adicionales