Extracto de la Orden de 13 de agosto de 2025 por la que se convocan subvenciones para la contratación de personas jóvenes inscritas en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, en colaboración con entidades locales y organismos sin ánimo de lucro, cofinanciadas por el Programa FSE+ Galicia 2021-2027 (TR350E y TR349Z).
Estado
Abierto
Convocante
Conselleria de Empleo, Comercio y Emigración
Procedencia
CC.AA.
Ámbito
Galicia
Importe
La convocatoria establece que la cuantía de las subvenciones se determinará mediante el uso de opciones de costes simplificados, conforme a lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021. En concreto, se aplicará el método de coste unitario por persona contratada a jornada completa durante nueve meses, tomando como referencia las bases mínimas de cotización vigentes según el grupo de cotización de la Seguridad Social en el que se encuadre la persona joven contratada.
Los importes establecidos son los siguientes: para el grupo 1 (ingenieros y licenciados), el coste unitario será de 22.876,56 €; para el grupo 2 (ingenieros técnicos, peritos y ayudantes titulados), 18.970,11 €; para el grupo 3 (jefes administrativos y de taller), 16.504,56 €; y para los grupos 4 a 10 (ayudantes no titulados, oficiales administrativos, subalternos, auxiliares administrativos, oficiales y peones), 16.380,09 €.
Objeto
Financiar de acciones de fomento de empleo en colaboración con entidades locales y organismos intermedios sin ánimo de lucro para la contratación durante nueve meses de personas jóvenes, inscritas y en situación de beneficiarias en el fichero del Sistema nacional de garantía juvenil, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia, con el objeto de proporcionarles una experiencia y práctica profesional que facilite su inserción laboral.
Las ayudas recogidas en esta convocatoria están cofinanciadas en un 60 % por la Unión Europea en el marco del Programa FSE+ Galicia 2021-2027, dentro del objetivo político 4 «Una Europa más social e inclusiva, por medio de la aplicación del pilar europeo de derechos sociales», prioridad 5 «Empleo juvenil», objetivo específico ES04.1. «Mejorar el acceso al empleo y la medidas de activación de todas las personas demandantes de empleo, y en particular de las personas jóvenes, especialmente a través de la aplicación de la garantía juvenil, de los desempleados de larga duración y los grupos desfavorecidos en el mercado laboral, y de las personas inactivas, así como mediante la promoción del empleo por cuenta propia y la economía social», y medida 5.A.02. «Facilitar la mejora de la empleabilidad de las personas jóvenes desempleadas».
Beneficiarios
Podrán ser beneficiarios de las ayudas y subvenciones previstas en la presente orden las entidades locales y los organismos intermedios sin ánimo de lucro. Por entidad local se considera a los ayuntamientos de Galicia y, a efectos de la orden que regula esta ayuda se entenderá por organismos intermedios sin ánimo de lucro a las entidades que actúan como enlace entre diferentes actores de uno o varios sectores económicos (como individuos, comunidades, organizaciones o instituciones) con el objetivo de facilitar la cooperación, el desarrollo de proyectos, la prestación de servicios o la promoción de actividades sin perseguir beneficios económicos para sus miembros o dirigentes. (para más información sobre este último concepto ver el articulado específico en la orden de bases y de convocatoria).
Plazo, lugar y forma de presentación
El plazo de presentación de solicitudes será de un mes, contado desde el día siguiente al de la publicación de la orden en el Diario Oficial de Galicia. Si el último día del plazo coincide con un día inhábil, se prorrogará automáticamente hasta el siguiente día hábil. En caso de que no exista día equivalente en el mes de vencimiento, el plazo expirará el último día del mes.
Fecha de publicación de la Orden y Extracto en el Boletín Oficial de Galicia: 22/08/2025.
Las solicitudes deberán presentarse por vía electrónica, a través de la sede electrónica de la Xunta de Galicia, disponible en: https://sede.xunta.gal
Documentos adicionales