EXTRACTO de la Orden 2852/2025, de 17 de julio, por la que se establecen las BBRR de las ayudas de cooperación para la vertebración del territorio, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y la Administración General del Estado, en el marco del Plan Estratégico de la PAC 2023-2027, y se aprueba la convocatoria correspondiente al año 2025. Madrid.

Estado


Abierto

Convocante


Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior. Comunidad de Madrid

Procedencia


CC.AA.

Ámbito


Autonómico

Importe


La cuantía de las ayudas se fijan de la siguiente manera:

  • Forma: Subvención mediante reembolso de costes efectivamente incurridos.
  • Porcentaje subvencionable:
    • 80 % de los costes elegibles en general.
    • 65 % en el caso de inversiones.
    • +10 puntos porcentuales (es decir, hasta 90 % o 75 %) si se trata de proyectos de comercialización de productos ecológicos certificados.
  • Importe máximo por proyecto: 180.000 euros.

Límites por tipo de gasto

  • Gastos de personal: máximo 20 % del total solicitado y justificado.
  • Dietas y desplazamientos: máximo 10 % del total solicitado y justificado.
  • Bienes, equipos e infraestructuras: máximo 40 % del total solicitado y justificado.

Financiación

  • FEADER (UE): 23 %
  • Administración General del Estado: 15 %
  • Comunidad de Madrid: 62 %

Objeto


La finalidad de esta subvención es apoyar iniciativas de cooperación horizontal y vertical entre dos o más agentes de la cadena agroalimentaria (agricultores, ganaderos, industria agroalimentaria y empresas comercializadoras) para el desarrollo de cadenas de suministro corto y mercados locales, y la realización de actividades de promoción.

Beneficiarios


Podrán ser benefeciarios:


a) Personas físicas o jurídicas cuya actividad se circunscriba al sector agrario o agroalimentario y sea desarrollada en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid.
b) Asociaciones y organizaciones relacionadas con la producción agrícola o agroalimentaria.
c) Asociaciones de consumidores y de comercializadores.
d) Entidades locales, o sus asociaciones, que contribuyan al desarrollo de los fines establecidos.

Plazo, lugar y forma de presentación


El plazo de presentación de solicitudes será de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en forma de extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.


Fecha de publicación de la convocatoria en el Boletón Oficial de la Comunidad de Madrid: 06/08/2025.


Las solicitudes de subvenciones se presentarán por medios electrónicos mediante el modelo que se incorpora a la orden de convocatoria, a disposición de los interesados en el portal de administración electrónica https://sede.comunidad.madrid.

Documentos adicionales


ORDEN 28522025, 17 de julio_BBRR_Convocatoria

ORDEN 28522025, 17 de julio_Extracto

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