Creación de una red de centros de capacitación digital en entidades locales. Convocatoria 2024. Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes

Estado


Cerrado

Convocante


Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes

Procedencia


Gobierno de España

Objeto


Mediante la resolución de 10 de julio, se convocan las ayudas destinadas a la creación de una red de centros de capacitación digital en entidades locales para el ejercicio económico del año 2024 en el marco del PRTR, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba su Reglamento, y al amparo de la Orden EFP/440/2023, de 24 de abril, por la que se crea la red estatal de centros de capacitación digital, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.


La finalidad de la presente convocatoria es el desarrollo de la red estatal de centros de capacitación digital. Estas subvenciones financian la creación de 365 nuevos centros de la red estatal de centros de capacitación digital en entidades locales y, en consecuencia, las acciones formativas vinculadas a la capacitación digital de la ciudadanía impartidas en dichos centros.


Las características de las acciones objeto de subvención y destinadas a la capacitación digital de la ciudadanía serán las siguientes:
a) Asignación de un espacio formativo que adquirirá la condición de centro de capacitación digital.
b) Contratación, designación o asignación de un profesional o de varios profesionales para realizar las funciones y actuaciones descritas en el punto 2 de este mismo apartado.
c) Organización e impartición de la formación conducente a la capacitación digital prevista en el anexo II de la convocatoria.


Los centros de capacitación digital elaborarán un plan de actuación en el que recogerán las actuaciones que van a desarrollar y la evaluación de las mismas. Las principales actuaciones generales que deberán incluir son:
a) Planificación y programación de las actuaciones y de la acción formativa definida en el artículo anterior.
b) Desarrollo de las acciones formativas.
c) Sistema de evaluación de las actuaciones desarrolladas.
d) Promoción y difusión de las actuaciones


Las bases reguladoras están contenidas en la Orden EFP/440/2023, de 24 de abril.


La dotación total de 8.942.500,00 euros, siendo de 24.500,00 euros la cuantía de la ayuda por beneficiario.


El plazo de ejecución de acciones formativas será de un año natural a partir de la publicación de la resolución de concesión y los centros deberán estar creados a 31 de diciembre de 2024.

Beneficiarios


Entidades locales territoriales, entidades públicas dependientes de ellas y organismos autónomos encargadas de los servicios educativos y programas de educación no formal de educación de adultos, formación profesional y/o formación para el empleo o servicios análogos, constituidos al amparo de las normas reguladoras de las Bases del 3 Régimen Local y según lo dispuesto en el artículo 85.bis de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

Plazo, lugar y forma de presentación


El plazo de presentación de solicitudes es de diez días naturales contados desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado». Por lo tanto, comenzará el 13 de julio de 2024 y finalizará el 22 de julio de 2024.

Documentos adicionales


Res 10-07-24 Conv

Extract Resol 10-07-24

Orden-EFP-440-23 BR

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