Convocatoria pública para la concesión de subvenciones a entidades promotoras para la puesta en funcionamiento de los programas de Talleres de Empleo en el ámbito territorial del Principado de Asturias en los ejercicios 2026-2027
Estado
Abierto
Convocante
Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias (SEPEPA)
Procedencia
Estatal
Importe
La subvención está distribuida en los siguientes conceptos:
Costes de formación y funcionamiento:
- Módulo A: compensará los costes del personal director, docente y de apoyo.
- Módulo B: compensará los demás gastos de formación y funcionamiento, ya sean costes directos o indirectos.
Importes establecidos:
| TALLER DE EMPLEO | FASE 1ª | FASE 2ª |
|---|---|---|
| MÓDULO A (personal) | 4,15 €/hora/alumno | 4,21 €/hora/alumno |
| MÓDULO B (funcionamiento) | 1,18 €/hora/alumno | 1,19 €/hora/alumno |
Grupo mínimo: 8 participantes por proyecto.
Los incrementos anuales para años sucesivos al inicio de los proyectos serán del 1,5% de estos módulos.
Costes salariales de los participantes:
El Servicio Público de Empleo subvencionará el 100% del salario mínimo interprofesional anualmente establecido, incluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias, así como la totalidad de las cuotas a cargo del empleador correspondientes a Seguridad Social, FOGASA y Formación Profesional.
Modificaciones:
Las modificaciones de los proyectos deberán ser comunicadas previamente al SEPEPA, con una antelación mínima de 5 días naturales. No podrán alterar la puntuación resultante de la valoración inicial. Los cambios sustanciales podrán disminuir o anular el importe de la subvención concedida.
Importante: No podrán efectuarse compensaciones entre los distintos conceptos subvencionables (módulo A, módulo B y salarios de participantes).
Objeto
La presente convocatoria tiene por objeto regular el procedimiento de concesión de subvenciones para la puesta en marcha de los programas de talleres de empleo en el ámbito territorial del Principado de Asturias, como programas experienciales de empleo y formación.
Talleres de Empleo: Los Talleres de Empleo se configuran como un programa experiencial de empleo y formación, de carácter temporal, dirigido a mejorar las posibilidades de inserción de las personas desempleadas de treinta años o más que participen en él, a través de la cualificación en alternancia con la práctica profesional. Los Talleres de Empleo tendrán una duración de 12 meses, distribuidos en dos fases de formación en alternancia, con una duración de 6 meses cada una. Los contenidos específicos de los programas se señalan en la Base Primera de la Resolución de 20 de mayo de 2022 de la Consejería de Industria, Empleo y Promoción Económica, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones a entidades promotoras para la puesta en funcionamiento de los programas de Escuelas Taller y Talleres de Empleo (BOPA 8 de junio de 2022), modificada por Resolución de 21 de marzo de 2023, del Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias, (BOPA 11 de abril de 2023).
Beneficiarios
Podrán ser beneficiarias las entidades competentes para la ejecución de las correspondientes obras o servicios, con capacidad técnica y de gestión suficientes, que estén en condiciones de facilitar los recursos materiales necesarios para el desarrollo del proyecto o proyectos solicitados, que cuenten con recursos humanos adecuados para realizar todos los trámites previstos en las presentes bases y que dispongan de un ámbito específico para ejecutar las obras o prestar los servicios de utilidad pública o interés social en que consiste el trabajo efectivo previsto en cada proyecto:
a) Entidades locales, sus organismos autónomos y entidades con competencias en materia de promoción del empleo, bien dependientes, o vinculadas a las mismas, cuya titularidad corresponda íntegramente a dichas entidades locales. Así como, las entidades adscritas al Sector Público Autonómico del Principado de Asturias.
b) Asociaciones, fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro.
c) Agrupaciones de Ayuntamientos dotadas de personalidad jurídica propia.
En el caso de concurrencia entre una solicitud individual presentada por un Ayuntamiento y otra presentada por la agrupación de la que forme parte, la solicitud individual sólo podrá ser admisible cuando la agrupada excluya expresamente a ese Ayuntamiento de su solicitud.
Plazo, lugar y forma de presentación
La solicitud de subvención y la documentación que debe acompañar a ésta, debidamente paginada y junto con una carátula inicial que relacione la totalidad de la documentación aportada, se dirigirá al Servicio de Gestión de Centros Propios y Programas de Empleo Formación (código de identificación DIR A03019893).
La solicitud junto con la documentación requerida podrá presentarse:
- A través de la sede electrónica del Principado de Asturias: https://sede.asturias.es, indicando en el buscador el código de procedimiento AYUD0122T03.
- A través de los registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Por cualquiera de los medios regulados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015.
El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, publicado el 8 de enero de 2026.
Documentos adicionales