Convocatoria pública de subvenciones para el fomento de actuaciones combinadas de energías renovables, eficiencia energética y movilidad eléctrica promovidas por administraciones públicas dentro de las actuaciones previstas en “Plan de Inversiones para la Transición Energética de las Illes Balears”. Islas Baleares

Estado


Cerrado

Convocante


Consejería de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática. Illes Balears

Procedencia


CC.AA.

Objeto


Mediante la Resolución de 2 de noviembre de 2022 se convocan las subvenciones para el fomento de actuaciones combinadas de energías renovables, eficiencia energética y movilidad eléctrica promovidas por las  administraciones públicas con el fin de aumentar la producción de energía eléctrica renovable, la reducción del consumo de energía y de las emisiones de CO 2.dentro de las actuaciones previstas en el Plan de Inversiones para la Transición Energética de las Illes Balears, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por  la Unión Europea (NextGenerationEU).


. Los programas de incentivos subvencionables son los siguientes:
— Programa de incentivos 1: realización de instalaciones de autoconsumo eléctrico, con fuentes de energía renovable que den servicio a miembros de la administración pública. Son subvencionables las inversiones en nuevas instalaciones de producción de energía eléctrica mediante tecnología fotovoltaica de potencia de pico hasta 5 MWp y/o eólica de potencia instalada hasta 1 MW, y que se ubiquen tanto la instalación de producción como las instalaciones de consumo asociadas en el ámbito territorial de las Illes Balears.
— Programa de incentivos 2: incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, que den servicio a miembros de la administración pública. Son subvencionables las inversiones en nuevos sistemas de almacenamiento de ion litio, de capacidad hasta 5.000 kWh situados aguas abajo de los equipos de medida y donde se ubiquen tanto la instalación de producción como las instalaciones de consumo asociadas en el ámbito territorial de las Illes Balears. En este programa también son subvencionables las baterías procedentes de la reutilización de baterías de vehículo eléctrico (segunda vida de baterías).
— Programa de incentivos 3: Adquisición de vehículos eléctricos destinados al uso propio. Son subvencionables la adquisición directa o mediante operaciones de financiación por leasing financiero o de arrendamiento por renting de vehículos nuevos, matriculados por primera vez en España a nombre del beneficiario de la ayuda, excepto en los casos de renting, en los que podrá estar matriculado a nombre de la empresa de renting y bicicletas eléctricas.
— Programa de incentivos 4: implantación de infraestructura de recarga. Son subvencionables los nuevos sistemas de recarga de baterías para vehículos eléctricos en su modalidad de adquisición directa. También es subvencionable la nueva infraestructura de suministro de hidrógeno verde adaptada para vehículos. Asimismo, serán subvencionables los sistemas de gestión de la recarga. Todas las actuaciones deben estar destinadas a uso propio.
— Programa de incentivos 5: realización de actuaciones de eficiencia energética en edificios existentes que mejoren la envolvente térmica, la eficiencia energética y uso de energías renovables en las instalaciones térmicas  de calefacción, climatización, refrigeración, ventilación y agua caliente sanitaria, y/o la eficiencia energética en instalaciones de alumbrado. Son subvencionables las actuaciones de eficiencia energética en edificios existentes que mejoren la envolvente térmica, la eficiencia energética y uso de energías renovables en las instalaciones térmicas de calefacción, climatización, refrigeración, ventilación y agua caliente sanitaria (solar térmica, geotermia, biomasa y otros subsistemas de generación), y/o la eficiencia energética en instalaciones de alumbrado, siempre que mejoren como mínimo en una letra la calificación energética total del edificio y  consigan y justifiquen una reducción del consumo de energía primaria no renovable del 30 % respecto a la situación de inicio.


El importe económico máximo de esta convocatoria será de 10.000.000 euros, con la siguiente distribución de anualidades:
— Año 2022: 0,00 €
— Año 2023: 2.000.000,00 €
— Año 2024: 6.000.000,00 €
— Año 2025: 2.000.000,00 €

Beneficiarios


Pueden ser beneficiarios de estas ayudas:
a) Los organismos autónomos, las entidades públicas empresariales, las sociedades mercantiles públicas, las fundaciones del sector público y los consorcios que desarrollen la actividad en el ámbito territorial de la comunidad autónoma de las Illes Balears.
b) Los consejos insulares, los ayuntamientos y las entidades locales menores de la comunidad autónoma de las Illes Balears.
c) Las universidades, centros de investigación y centros tecnológicos con sede en el territorio de las Illes Balears.

Plazo, lugar y forma de presentación


El plazo para presentar las solicitudes se inicia el 7 de noviembre de 2022 y finaliza el 30 de junio de 2023 o hasta el posible agotamiento, dentro de este período, de la cuantía económica asignada a esta convocatoria.


Mediante Resolución de 23 de abril de 2024, se amplía el plazo para la presentación de solicitudes hasta el 31 de julio de 2024 o el posible agotamiento de la cuantía económica asignada.

Documentos adicionales


Res 23-4-24 amplia plazo

Res 2-11-22 convoca

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