Programa de primera experiencia profesional en las administraciones públicas. Bases reguladoras y primera convocatoria 2022. Extremadura

Estado


Cerrado

Convocante


Consejería de Educación y Empleo

Procedencia


CC.AA.

Ámbito


Autonomico

Objeto


Decreto 137/2021, de 15 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la financiación de los programas de empleo creados para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueban las primeras convocatorias de dichos programas.  El Capítulo VI de este Decreto, establece las bases reguladoras de las subvenciones del “Programa de Primera Experiencia Profesional en las Administraciones Públicas” en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria.


El presente Programa tiene como objetivo establecer el “Programa de Primera Experiencia Profesional en las administraciones públicas” regulado, para todo el territorio nacional, en la Orden TES/1152/2021, de 24 de octubre, del Ministerio de Trabajo y Economía Social, mediante la concesión de subvenciones destinadas a financiar la contratación, por Entidades públicas de la Comunidad Autónoma de Extremadura, de personas jóvenes desempleadas, mayores de 16 y menores de 30 años, en la modalidad de contrato en prácticas, de forma que les permita adquirir experiencia profesional que favorezca su inserción laboral y la mejora de su ocupabilidad.


Convocatoria de subvenciones 2022 a Entidades Públicas para la contratación en prácticas de personas jóvenes desempleadas, mayores de 16 y menores de 30 años, de forma que les permita adquirir experiencia profesional que favorezca su inserción laboral y la mejora de su ocupabilidad.


Beneficiarios


Podrán ser beneficiarias de las subvenciones previstas en el presente decreto, de acuerdo con los requisitos y condiciones establecidos en el mismo:


a) Diputaciones Provinciales de Badajoz y de Cáceres.


b) Mancomunidades de Municipios de la Comunidad Autónoma de Extremadura, calificadas como integrales y debidamente inscritas en el Registro estatal y autonómico de Entidades Locales, de conformidad con lo establecido en los artículos 21 y 22 de la Ley 17/2010, de 22 de diciembre, de mancomunidades y entidades locales menores de Extremadura, a fecha de solicitud de las presentes ayudas.


c) Municipios de la Comunidad Autónoma de Extremadura con una población superior a 20.000 habitantes, según el padrón municipal vigente a fecha de 1 de enero de 2021, publicado por el Instituto Nacional de Estadística (INE).


 

 

Plazo, lugar y forma de presentación


Las solicitudes de las subvenciones se presentarán en el modelo normalizado de solicitud disponible en la web https://sede.gobex.es/SEDE/


El plazo de presentación de solicitudes será de 30 días hábiles, a contar desde el día 1 de marzo de 2022, por lo que el plazo vence el 11 de abril de 2022.

Documentos adicionales


Decreto 137-21

Extracto decreto 137-21

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