Convocatoria de subvenciones para la selección y ejecución de proyectos para la mejora del abastecimiento y reducción de pérdidas de agua en municipios de menos de 20.000 habitantes. Bases reguladoras y convocatoria 2022. Castilla-La Mancha

Estado


Cerrado

Convocante


Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural. Comunidad de Castilla-La Mancha

Procedencia


CC.AA.

Objeto


La presente Orden 7/2022 de 18 de enero, es establecer las bases reguladoras de las subvenciones para la selección y ejecución de inversiones relativas a la mejora en el abastecimiento y reducción de pérdidas en redes de municipios menores de 20.000 habitantes de Castilla-La Mancha.


La finalidad de estas ayudas es el aumento de la eficiencia y la mejora de calidad de los sistemas de abastecimiento de agua en las entidades locales, a fin de conseguir un desarrollo sostenible y la mejora de la calidad de vida de los ciudadanos.


Se contemplan actuaciones de mejora y renovación del sistema de abastecimiento (captación, aducción y transporte, depósitos, potabilizadoras y redes de distribución) y las encaminadas a la reducción de pérdidas en las redes de abastecimiento. En cualquier caso, las actuaciones o suma de actuaciones deben suponer un 20 % medio de reducción sobre las pérdidas reales existentes antes de la actuación.


Serán elegibles tanto las obras nuevas como las de sustitución, mejora, renovación que contribuyan a conseguir los siguientes objetivos: reducción de pérdidas del sistema, maximización del ahorro del consumo de agua, aumento del control del uso del agua, incremento de la garantía del suministro, mejora de la calidad del agua potable, así como las actuaciones en general que se encuadren en alguno de las siguientes fases del ciclo del agua, que van desde la captación, aducción, potabilización, regulación, almacenamiento y distribución de agua potable.


 Podrán ser entidades beneficiarias de estas subvenciones los municipios y entidades de ámbito inferior (en adelante Eatim) de municipios con menos de 20.000 habitantes ubicados en Castilla-La Mancha. También podrán ser beneficiarias las mancomunidades que gestionen servicios de abastecimiento que sirven a municipios con población menor a 20.000 habitantes.


Los municipios y Eatim con población menor de 500 habitantes podrán concurrir a esta convocatoria mediante fórmulas, debidamente acreditadas, de colaboración técnica o financiera con las diputaciones provinciales correspondientes, siendo en este caso las diputaciones provinciales las que ostentarán la condición de beneficiarias a los efectos de la liquidación de las ayudas. Las obligaciones establecidas en estas bases serán de aplicación tanto a los ayuntamientos y a las Eatim, como a las diputaciones provinciales.


 

Beneficiarios


Podrán ser entidades beneficiarias de estas subvenciones los municipios y entidades de ámbito inferior (en adelante Eatim) de municipios con menos de 20.000 habitantes ubicados en Castilla-La Mancha. También podrán ser beneficiarias las mancomunidades que gestionen servicios de abastecimiento que sirven a municipios con población menor a 20.000 habitantes.
Los municipios y Eatim con población menor de 500 habitantes podrán concurrir a esta convocatoria mediante fórmulas, debidamente acreditadas, de colaboración técnica o financiera con las diputaciones provinciales correspondientes, siendo en este caso las diputaciones provinciales las que ostentarán la condición de beneficiarias a los efectos de la liquidación de las ayudas. Las obligaciones establecidas en la orden de bases serán de aplicación
tanto a los ayuntamientos y a las Eatim, como a las diputaciones provinciales.

El presupuesto total es de 10.880.000 de euros, que se distribuirá de la siguiente forma en los ejercicios 2022, 2023, 2024 y 2025, quedando condicionado a la existencia de crédito adecuado y suficiente en los ejercicios correspondientes:

Anualidad - Importe (euros)


2022 - 3.000.000


2023 -  5.000.000


2024 -  2.000.000


2025 -  880.000


Importe Total 10.880.0000


Asimismo, los fondos se distribuirán territorialmente de la siguiente forma:


Provincia de Albacete: 2.176.000,- euros.


Provincia de Ciudad Real: 2.176.000,- euros.


Provincia de Cuenca: 2.176.000,- euros.


Provincia de Guadalajara: 2.176.000,- euros.


Provincia de Toledo: 2.176.000,- euros.


 

Plazo, lugar y forma de presentación


Las solicitudes se dirigirán a los servicios provinciales de la Agencia del Agua de la provincia donde esté ubicada la entidad solicitante y se presentarán de forma telemática con firma electrónica por la persona representante de la entidad solicitante, en cualquiera de los registros establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, a través del formulario incluido en la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://www.jccm.es)., acompañados de los documentos indicados en el apartado 4. A tal efecto, en el momento de la solicitud, la entidad interesada deberá darse de alta en la plataforma de notificaciones telemáticas de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha https://notifica.jccm.es/notifica/.

El plazo de presentación de solicitudes será de 3 meses y comenzará el día siguiente a la publicación de su convocatoria y del extracto de la BDNS en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.

El extracto de la convocatoria para el año 2022 se ha publicado en el DOCM del 3 de marzo, por lo que el plazo para la presentación de solicitudes, acabará el 4 de junio de 2022

Documentos adicionales


Orden 7-22 BR

Orden 48-22 modf O7-22 y convoc 2022

Orden 171-2024, de 30 de septiembre_MODIFCACIÓN

Compartir en: