Convocatoria de subvenciones para apoyo a programas y proyectos de investigación en materia de gestión de la biodiversidad

Estado


Cerrado

Convocante


Fundación Biodiversidad

Procedencia


Gobierno de España

Objeto


El objeto de esta convocatoria de la Fundación Biodiversidad para la concesión de ayudas para la financiación de proyectos de investigación que promuevan la aplicación del conocimiento científico para la toma de decisiones en la planificación y gestión de la biodiversidad.

Las ayudas se concederán para la ejecución de proyectos y programas que generen conocimiento y/o desarrollen acciones, productos, servicios o procesos nuevos o mejorados en consonancia con las prioridades del Ministerio de Transición Ecológica y Reto Demográfico, tal como se establecen en sus planes y estrategias.

Todas las líneas de investigación deberán mantener una línea obligatoria de difusión de resultados y de transferencia de los mismos a la sociedad civil y a las autoridades interesadas en cada materia.

El ámbito de actuación de la actividad objeto de las ayudas comprenderá todo el territorio nacional, si bien se podrán impulsar redes de colaboración internacional, siempre que sean necesarias para la mejor consecución de los objetivos del proyecto.

Las acciones no deberán implicar beneficio mercantil comercial directo para los beneficiarios.

Beneficiarios


Podrán ser beneficiarios, según se establezca en las correspondientes convocatorias, efectuadas al amparo de estas bases reguladoras en los términos establecidos en las mismas y siempre que cumplan los requisitos exigidos:

a) Entidades y organizaciones sin ánimo de lucro


b) Organismos públicos de investigación de la Administración General del Estado y de las Comunidades Autónomas


c) Universidades públicas y sus Institutos universitarios que estén inscritas en el Registro de Universidades, Centros y Títulos


d) Colegios profesionales


e) Administraciones públicas


f) Sociedades de capital, las cooperativas y las sociedades de personas (regular colectiva y comanditaria simple)


g) Otras personas jurídicas, públicas o privadas


h) Agrupaciones de personas jurídicas, públicas o privadas que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo los proyectos objeto de subvención. De acuerdo a lo previsto en el artículo 11 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, las personas jurídicas integrantes de la agrupación tendrán igualmente la consideración de beneficiarias.

Plazo, lugar y forma de presentación


La presentación de solicitudes finalizará el 03 de enero de 2022.

Acceso a la solicitud

Documentos adicionales


bbrr_y_convocatoria_investigacion_2021_0

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