Convocatoria de subvenciones a los programas de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable, así como la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial: Castilla-La Mancha
Estado
Abierto
Convocante
IDAE
Procedencia
CC.AA.
Ámbito
Autonómica
Objeto
La presente orden tiene por objeto convocar para 2021, 2022 y 2023 las ayudas públicas destinadas a actuaciones de autoconsumo y almacenamiento con fuentes de energía renovable, correspondientes a los programas de incentivos que a continuación se detallan:
Los programas de incentivos 1, 2 y 3 están dirigidos a las personas y entidades destinatarias últimas que realicen alguna actividad económica por la que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado
Los programas de incentivos 4, 5 y 6 están dirigidos principalmente a las personas y entidades destinatarias últimas que no realicen actividades económicas, por las que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado, incluyendo, entre las mismas, organismos y entidades públicas
Acceso a las Bases Reguladoras
Corrección de errores de la Orden 180/2021, de 9 de diciembre: Se adjunta corrección referente al anexo V
Modificación mediante la Orden 211/2022, del 7 de noviembre: Se incrementa el crédito de la convocatoria a 27.019.738.48€
Beneficiarios
Podrán ser destinatarios últimos de las ayudas: Para los programas de incentivos 1, 2 y 3:
a) Personas jurídicas y agrupaciones de empresas o de personas físicas, con o sin personalidad jurídica, que realicen una actividad económica por la que ofrezcan bienes o servicios en el mercado, incluyendo, entre otros:
1.- Gestores de polígonos industriales, de naturaleza publica o privada
2.- Empresas explotadoras arrendatarias o concesionarias de actuaciones en el ámbito de la energía
3.- Las empresas de servicios energéticos (ESEs), o proveedores de servicios energéticos
b) Las comunidades de energías renovables y las comunidades ciudadanas de energía
Para los programas de incentivos 4 y 5:
a) Personas físicas que no realicen ninguna actividad económica por la que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado
b) Las entidades que integran la administración Local de Navarra y el sector público institucional
c) Las personas jurídicas que no realicen ninguna actividad económica, por la que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado, incluyendo las entidades u organizaciones del tercer sector
d) Las personas físicas que realicen alguna actividad económica, por la que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado
e) Las comunidades de propietarios
f) Las comunidades de energías renovables y las comunidades ciudadanas de energía
Para el programa de incentivos 6:
a) Personas físicas que no realicen ninguna actividad económica por la que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado
b) Entidades u organizaciones públicas o privadas, sin ánimo de lucro, o personas jurídicas que no realicen ninguna actividad económica por la que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado
c) Las personas físicas que realicen alguna actividad económica, por la que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado
d) Comunidades de propietarios
e) Las entidades que integran la administración Local de Navarra y las que integran el sector público institucional
Plazo, lugar y forma de presentación
Las solicitudes de ayuda se dirigirán a la persona titular de la Dirección General de Transición Energética, y se presentarán de forma telemática en https://www.jccm.es/
El plazo de presentación de las solicitudes comenzará desde el día siguiente de la publicación de la presente convocatoria en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha y concluirá según lo previsto en el resuelvo octavo de la presente convocatoria el 31 de diciembre de 2023.
Documentos adicionales
ORDEN AUTOCONSUMO FIRMADA_085754