Condiciones de acceso para la selección de propuestas de actuaciones en Entornos Residenciales de Rehabilitación Programada para la financiación del Programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio. Cataluña
Estado
Cerrado
Convocante
Departamento de Derechos Sociales. Cataluña
Procedencia
CC.AA.
Ámbito
Autonómico
Objeto
La Resolución DSO/477/2022, de 24 de febrero, modificada por la Resolución DSO/2422/2022, de 26 de julio, aprueba las condiciones de acceso para la selección de propuestas de actuaciones en Entornos Residenciales de Rehabilitación Programada para la financiación del Programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio que prevé el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Estas condiciones de acceso tienen por objeto determinar los requisitos para la selección de propuestas de actuaciones en Entornos Residenciales de Rehabilitación Programada (en adelante ERRP) que se podrán financiar con cargo al Programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio que prevé el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, de acuerdo con los criterios establecidos en esta Resolución atendiendo al presupuesto de la anualidad 2021 que establece el artículo 5.4.a) del Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre. Asimismo, estas condiciones de acceso tienen también por objeto asignar para el conjunto de los ERRP seleccionados dentro de un mismo municipio, un importe máximo subvencionable a los efectos de la convocatoria de subvenciones que la Agencia de la Vivienda de Cataluña efectuará posteriormente, tal y como se indica en el punto 1.2. El ámbito de actuación de estas condiciones de acceso comprende la totalidad de municipios de Cataluña, excluidos los del Área Metropolitana de Barcelona y Barcelona ciudad.
Las propuestas de actuaciones seleccionadas podrán presentarse a la posterior convocatoria que la Agencia de la Vivienda de Cataluña publique, para la concesión de subvenciones para la financiación del Programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio que prevé el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. En esta posterior convocatoria, y dentro del importe máximo subvencionable asignado para cada municipio, podrán presentar solicitudes de subvención para actuaciones en edificios incluidos en los ERRP seleccionados que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 11 del Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre. Los municipios que no presenten solicitudes en esta posterior convocatoria, dentro del plazo establecido, perderán el importe máximo subvencionable asignado.
1.3 La dotación presupuestaria de esta posterior convocatoria para la concesión de subvenciones será de un importe de 42.813.810 euros, a cargo del presupuesto del ejercicio 2022, y de 54.114.003 euros, a cargo del presupuesto del ejercicio 2023, como gasto anticipado, que se distribuirán de acuerdo con los parámetros que se indican en el apartado 1.3.1. (por modificación llevada a cabo en la RESOLUCIÓN DSO/2422/2022, de 26 de julio).
La distribución del crédito se efectuará entre los siguientes ámbitos territoriales, de acuerdo con los correspondientes porcentajes, obtenidos a partir del número de edificios construidos con anterioridad a 1980 en los municipios que integran los diferentes ámbitos territoriales, según datos extraídos del IDESCAT del censo 2011:
Un 53,60% para el ámbito territorial de Barcelona (excluido los municipios del Área Metropolitana de Barcelona).
Un 17,80% para el ámbito territorial de Girona.
Un 10,60% para el ámbito territorial de Lleida.
Un 18,00% para el ámbito territorial de Tarragona
De acuerdo con lo que dispone artículo 14 del Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, las actuaciones subvencionables con cargo a este programa son:
a) Las actuaciones de mejora o rehabilitación de edificios de uso predominantemente residencial por vivienda, unifamiliares o plurifamiliares, con los límites establecidos en el artículo 15 del mismo Real decreto, siempre que se obtenga una reducción al menos del 30% del consumo de energía primaria no renovable, referida a la certificación energética y también la reducción de demanda en calefacción y refrigeración del 25% o del 35% referentes a los edificios situados en zonas climáticas C, D y E, sin perjuicio de las particularidades en los edificios protegidos oficialmente por ser parte de un entorno declarado o por razón de su valor arquitectónico o histórico y los edificios en los que se hayan realizado en los últimos cuatro años intervenciones de mejora en la eficiencia energética.
b) Actuaciones de urbanización, reurbanización o mejora del entorno físico en el ámbito delimitado por el ERRP complementarias al desarrollo de las actuaciones de mejora de la eficiencia energética en los edificios residenciales.
c) La prestación de servicios de oficina de rehabilitación, tipo "ventanilla única" que facilite la gestión y el desarrollo de las actuaciones programadas en el ERRP.
Beneficiarios
Pueden presentar propuestas de actuaciones los municipios o agrupaciones de municipios que previamente hayan delimitado los ERRP y cumplan con los requisitos que establecen los puntos 5 y 6 de esta resolución.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13 del Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, podrán ser destinatarios últimos de estas subvenciones aquellos que asuman la responsabilidad en la ejecución integral del ámbito del ERRP para la actuación. Estos destinatarios últimos podrán actuar mediante agentes o gestores de la rehabilitación en los términos dispuestos en el artículo 8 del Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre.
Plazo, lugar y forma de presentación
El plazo de presentación de solicitudes es de dos meses, a contar desde el transcurso de un mes desde el día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya, que ha sido el 1/3/2022, por lo que el plazo finaliza el 2/6/2022.
Las solicitudes y otros trámites asociados al procedimiento de selección deben formalizarse exclusivamente, por vía electrónica en el registro electrónico de la Generalitat de Catalunya, mediante la Extranet de las administraciones públicas de Cataluña EACAT (http://www.eacat.cat).
Documentos adicionales