Concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para el fomento de la digitalización del control de los usos del agua urbana en redes de abastecimientos de municipios menores de 20.000 habitantes. Bases reguladoras. ANDALUCÍA.

Estado


Pendiente convocatoria

Convocante


Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible. Andalucía

Procedencia


CC.AA.

Objeto


El objeto de la Orden de 30 de noviembre de 2023 (BOJA de 12 de diciembre) es establecer las bases reguladoras de la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para el fomento de la digitalización del control de los usos del agua urbana en redes de abastecimientos de municipios menores de 20.000 habitantes en el Marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.


 En el BOJA de 29 de enero de 2024 se ha publicado una corrección de errores de estas bases reguladoras.


Esta subvención tiene por objeto la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, para llevar a  cabo, en municipios menores de 20.000 habitantes, inversiones en la digitalización de los sistemas de abastecimiento para la mejora de la  eficiencia, permitiendo detectar de forma precoz fugas, roturas y filtraciones en esas redes.


2.a) Conceptos subvencionables:
- Tipo A: Intervenciones específicas de mejora de la eficiencia y digitalización del ciclo urbano del agua:
- A.1 Actuaciones de mejora de la eficiencia y digitalización centradas en las infraestructuras de captación  del agua o puntos de entrega para el uso público y en especial, sobre las captaciones directas al dominio público hidráulico, tanto superficiales  como subterráneas.
− A.2 Actuaciones de mejora de la eficiencia y digitalización sobre cualquier elemento del sistema de abastecimiento, incluyendo redes de distribución, acometidas de interés público que afecten a una pluralidad de personas usuarias, que en conjunto fomenten a su vez la telegestión y la telelectura del sistema.
Las dos tipologías de actuaciones podrán complementarse con las actuaciones estructurales necesarias para la implantación de las actuaciones de mejora de la eficiencia proyectadas, incluyendo reparaciones y mejoras técnicas en los sistemas de abastecimiento, que permitan, entre otras actuaciones, el incremento de volúmenes tratados, la disminución de pérdidas, la correcta sensorización de los elementos anteriormente citados, así como todas las herramientas de comunicaciones necesarias para el desarrollo de las mismas, y en especial, aquellas destinadas a la implantación de tecnologías de la información Internet of Things (IoT).
- Tipo B: Elaboración/actualización o mejora de plataformas o sistemas de información y herramientas digitales en relación con el tratamiento, la reutilización de datos obtenidos de las actuaciones tipo A y la puesta en valor de toda la información generada de forma que permita una mejor gestión interna del ciclo urbano del agua y que se fomente la transparencia en la gestión del ciclo urbano del agua en el ámbito territorial de proyecto, fomentando la mejora de la eficiencia, el incremento de volúmenes tratados, la disminución de las pérdidas de agua, la mejora en la gestión de las infraestructuras de tratamiento, todo ello también para situaciones ordinarias como para la gestión de los sistemas en episodios de precipitación, fomentando el avance de la gestión hacia una gestión inteligente del ámbito urbano del proyecto (Smart city) y la ciberseguridad de cualquiera de los sistemas de gestión existentes o que se vayan a desarrollar en el marco de los proyectos incluidos en el ámbito de la presente convocatoria.
Un proyecto podrá incluir actuaciones del TIPO A y B.


Cuantía máxima de la subvención: La cuantía máxima de la subvención será de 100.000€ por proyecto (Actuaciones TIPO A+TIPO B)


Porcentaje máximo de la subvención: 100% del coste total del presupuesto subvencionable del proyecto.


El periodo de ejecución material del proyecto, así como de los pagos reales y efectivos realizados con cargo a los mismos, estará comprendido entre 1 de febrero de 2020, siempre que se cumplan los requisitos establecidos en artículo 5, y como  máximo el 1 de junio de 2026, sin perjuicio de lo establecido en las bases reguladoras, especialmente en el artículo 19.4, donde se establece la posibilidad extraordinaria de un máximo de doce (12) meses de prórroga del plazo de ejecución de los proyectos, sin que se pueda superar en ningún caso la fecha del 1 de junio de 2026.


A fin de cumplir los objetivos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, los beneficiarios deberán certificar el inicio de las actuaciones objeto de subvención en el plazo de nueve (9) meses desde el otorgamiento de la ayuda, así como la  ejecución al menos del 40 % del importe del coste subvencionable de las actuaciones previstas en el plazo de dieciocho (18) meses desde el otorgamiento de la ayuda.

Beneficiarios


Personas o entidades que pueden solicitar las subvenciones y requisitos que deben reunir:
Podrán solicitar las subvenciones objeto de las presentes bases reguladoras las siguientes  personas o entidades:
a) Municipios, a través de sus respectivos Ayuntamientos.
b) Entidades Locales Autónomas.
c) Las personas jurídicas que sean operadores, en cualquier tipo de modalidad de conformidad con lo establecido en la normativa aplicable, de los servicios de abastecimiento en uno o varios términos municipales, tanto en el supuesto de la prestación de dichos servicios en régimen de gestión directa, con expresa inclusión de los consorcios públicos y cualquier otra corporación de derecho público relacionada con la gestión del ciclo del agua, como en el supuesto de la prestación de dichos servicios en régimen de gestión indirecta, mediante las distintas formas previstas en la normativa aplicable.

Plazo, lugar y forma de presentación


El plazo de presentación de las solicitudes se establecerán en la convocatoria y la presentación se hará de forma telemática en https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25315.

Documentos adicionales


Orden 30-11-2023 Digt agua 20k hab BR

Orden 30-11-23 correccion errores

Corrección de errores orden 30-11-23

Compartir en: