Concesión de ayudas para apoyo a la I+D relacionada con tecnologías 5G avanzado y 6G para ecosistemas de innovación, del PRTR. Bases reguladoras y convocatoria de la concesión de ayudas para la financiación de infraestructuras de investigación y adquisición de equipamiento científico-técnico y de proyectos de I+D en 5G avanzado, del «Programa UNICO I+D 6G 2022». MINECO

Estado


Cerrado

Convocante


Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital (MINECO)

Procedencia


Gobierno de España

Objeto


Constituye el objeto de esta convocatoria la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, para los siguientes subprogramas:
- Subprograma de infraestructuras de investigación y equipamiento científico-técnico: tiene como finalidad construir, proveer y actualizar las infraestructuras científicas y técnicas y el equipamiento científico-técnico para la ejecución de la investigación de calidad en el ámbito de las tecnologías 5G avanzado y 6G.
- Subprograma de proyectos de I+D en 5G avanzado: tiene como finalidad la financiación de proyectos de investigación industrial (TRL 3 y 4) y proyectos de desarrollo experimental (TRL 5 y 6) en materia de 5G avanzado, en los que se produzca un impulso sustancial en el grado de madurez tecnológico.


La concesión de ayudas de la presente convocatoria se regula según lo establecido en las bases reguladoras y se dicta para cumplir con la necesidad de contribuir al objetivo de desarrollar un ecosistema de investigación e  innovación con sede en España en torno a las tecnologías 5G avanzado y 6G, permitiendo el desarrollo de nuevos servicios inteligentes que faciliten la transición digital y ecológica de nuestra economía.


Las Bases reguladoras están recogidas en la Orden ETD/805/2022, de 15 de julio 2022.


La cuantía total disponible para esta convocatoria es de 116 millones de euros provenientes del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, en adelante MRR, distribuidos de la siguiente manera:
- Subprograma de infraestructuras de investigación y equipamiento científico-técnico: 23 millones de euros.
- Subprograma de proyectos de I+D en 5G avanzado: 93 millones de euros.
Se permitirá el trasvase de fondos entre los distintos subprogramas.

Beneficiarios


- Beneficiarios del Subprograma de infraestructuras de investigación y equipamiento científico-técnico:
Podrán ser beneficiarios los organismos de investigación y difusión de conocimientos y de infraestructuras de investigación con personalidad jurídica propia y sin ánimo de lucro, que estén válidamente constituidos y  tengan residencia fiscal o un establecimiento permanente en España, y que estén necesariamente incluidos en la siguiente relación:
Organismos públicos de investigación definidos en el artículo 47 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.
Las universidades públicas con capacidad y actividad demostrada en I+D, de acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, e inscritas en el Registro creado por el Real Decreto 1509/2008, de 12 de septiembre, por el que se regula el Registro de Universidades, Centros y Títulos.
Otros centros públicos de I+D+i con personalidad jurídica propia, que en sus estatutos o en la normativa que los regule o en su objeto social, tengan la I+D+i como actividad principal.
Las entidades beneficiarias, con independencia de su naturaleza jurídica, deberán formar parte del sector público institucional y estar inscritas en el Inventario de Entidades del Sector Público Estatal, Autonómico y  Local, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el título II de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.


- Beneficiarios del Subprograma de proyectos de I+D en 5G avanzado.
Podrán ser beneficiarios las empresas, excepto:
Las entidades del sector público.
Las entidades constituidas jurídicamente con posterioridad al 31 de diciembre de 2019, salvo que procedan de otras preexistentes por cambio de denominación, fusión (por absorción o cesión) y escisión de sociedades, en los términos contemplados en la ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles.
Las entidades sin ánimo de lucro que ejerzan actividad económica.

Plazo, lugar y forma de presentación


El plazo para la presentación de las solicitudes se inicia el mismo día de la publicación de la Convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, que ha sido el día 18 de agosto de 2022, y finaliza a los 15 días hábiles siguientes, es decir el 7 de septiembre de 2022.


La solicitud y demás comunicaciones se realizarán únicamente mediante tramitación electrónica.

Documentos adicionales


Orden ETD 805-22 Extracto

Orden ETD-805-22

Compartir en: