Concesión de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a proyectos de infraestructuras ambientales, sociales y digitales en municipios de zonas afectadas por la transición energética en el marco del PRTR. Bases reguladoras y convocatoria. MITECO

Estado


Abierto

Convocante


Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO)

Procedencia


Gobierno de España

Objeto


El objeto de la presente Orden TED/1381/2023, de 21 de diciembre, es publicar las Bases reguladoras y la convocatoria es la concesión de ayudas dirigidas a financiar el coste de ejecución de proyectos para la rehabilitación de infraestructuras públicas y bienes de titularidad pública, con el fin de reforzar el componente medioambiental, social y digital de los mismos, en municipios inmersos en procesos de transición energética afectados por el cierre de explotaciones de minería, centrales térmicas de carbón y centrales nucleares, cuyas bases se encuentran reguladas en el capítulo I de la presente orden.


Estas ayudas se concederán en régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo con los principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no  discriminación, así como con los principios de eficacia y eficiencia de la gestión de las mismas.


Las ayudas que se otorguen al amparo de esta orden y de la presente convocatoria consistirán en una subvención a fondo perdido para la realización de los  proyectos.


Las solicitudes de ayuda irán dirigidas a proyectos sobre bienes, espacios y terrenos de titularidad pública que permitan reforzar el componente social, medioambiental y digital de los espacios públicos, comprendidos en las siguientes categorías con carácter general y específico:
a) Rehabilitación de edificios, recuperación de aldeas, poblados, cortijadas u otro tipo de infraestructuras para nuevos usos de carácter social, la prestación de servicios públicos o la mejora del acceso a viviendas, como, por ejemplo:
– Espacios destinados al cuidado de personas o a favorecer la corresponsabilidad familiar con servicios conectados y digitales (espacios para personas mayores; personas dependientes; personas con discapacidad; niños, en particular los menores de 0 a 3 años; etc.);
– Espacios de vivienda asequible y vivienda social;
– Espacios para viviendas de nuevos pobladores.
b) Rehabilitación de edificios y espacios para su uso en la innovación digital, promoción del emprendimiento y desarrollo económico en los que se potencie la disminución de la brecha digital y se posibiliten el acceso y conocimiento a las mujeres a las nuevas tecnologías, incentivando su permanencia en territorios afectados, como, por ejemplo:
– Espacios de emprendimiento, coworking y/o fomento de la investigación y la innovación;
– Espacios destinados a la puesta en valor y/o aprovechamiento de los recursos endógenos y el desarrollo turístico;
– Espacios públicos para la centralización de compras/ventas on-line y plataformas de distribución, en particular para el desarrollo del mercado de productos ecológicos;
– Centros de I+D+i y recualificación profesional;
– Espacios para la extensión de la conectividad;
– Espacios destinados a la puesta en valor del patrimonio geológico, biológico, histórico o cultural;
– Recuperación de patrimonio e infraestructuras industriales y mineras para fines culturales, recreativos o turísticos;
– Recuperación de poblados, como los mineros o los de centrales térmicas para fines turísticos.
c) Infraestructuras ambientales para la puesta en valor del medio natural, la mejora de servicios ambientales y regeneración de las zonas, como, por ejemplo:
– Acondicionamiento o realización de caminos, senderos y paseos fluviales para la recuperación del patrimonio y recursos naturales;
– Creación de infraestructuras verdes y azules, como por ejemplo áreas de interpretación de la naturaleza;
– Creación de huertos urbanos/comunitarios y otros pequeños proyectos agrarios innovadores;
– Creación de plantas de compostaje y aprovechamiento de residuos;
– Creación de plantas de acopio de biomasa; puntos municipales de recogida para su venta a centrales de biomasa o para su destino a proyectos de transformación;
– Rehabilitación, reforestación y puesta en valor de terrenos de dominio público;
– Restauración de terrenos y otros lugares degradados y contaminados para la recuperación de la biodiversidad y flora autóctona de los espacios naturales y puesta en valor de los mismos para su aprovechamiento comunitario;
– Pequeñas intervenciones tácticas paisajísticas de infraestructura verde (plazas, parques, vías urbanas, miradores) o actuaciones integrales para el reverdecimiento urbano y la reordenación urbanística después del cierre de instalaciones industriales para la mejora de la sostenibilidad.
d) Soluciones de movilidad sostenible, como, por ejemplo:
– Proyectos innovadores para mejorar la conectividad entre municipios o núcleos aislados de población basados en nuevas soluciones de movilidad sostenible;
– Recuperación y uso alternativo de infraestructuras de transporte existente como vías verdes o caminos naturales;
– Adecuación de vías urbanas y espacios públicos para la integración y el uso ordenado de soluciones de movilidad eléctrica, ciclista o peatonal.


Estas ayudas van dirigidas a financiar el conjunto de inversiones y gastos necesarios para la ejecución, por las entidades beneficiarias, de alguna o algunas de las actuaciones correspondientes a las tipologías descritas en el artículo anterior.


El presupuesto total estimado para esta convocatoria es de veinticinco millones de euros, que corresponde a la asignación del «Plan de infraestructuras ambientales, digitales y sociales en municipios y territorios en transición» dentro del Componente 10 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia del Gobierno de España.


Aplicación presupuestaria:




  • Año 2024: 10.500.000€

  • Año 2025:8.500.000,00

  • Año 2026: 6.000.000,00

  • Total:25.000.000€


Los fondos presupuestarios se asignarán a los proyectos presentados según la siguiente distribución, para cada uno de los siguientes bloques de proyectos:


1: Solicitudes de entre 100.000,00 y 1.000.000,00: Dotación presupuestaria: 5.000.000,00
2: Solicitudes de entre 1.000.000,01 y 4.000.000,00: Dotación presupuestaria 20.000.000,00.


La ejecución del proyecto que resulte subvencionado con el alcance que determine la resolución de concesión, dentro del plazo máximo fijado en la convocatoria a contar desde la notificación de la resolución de concesión, que no podrá ser posterior al 30 de junio del año 2026.

Beneficiarios


Podrán ser beneficiarios de estas ayudas:
a) Los ayuntamientos de los municipios afectados por la transición energética que figuran en los Protocolos Generales de actuación para la elaboración de los Convenios de Transición Justa o en los Convenios de Transición Justa acordados entre el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, las Consejerías correspondientes de las comunidades autónomas y la Federación Española de Municipios y Provincias, y que figuran en el anexo X de esta  convocatoria.
b) Las diputaciones provinciales en el ejercicio de las competencias que les correspondan, cuando actúen en representación de una agrupación de municipios de los establecidos en la letra a) anterior, siempre y cuando la solicitud de ayuda se refiera a proyectos a ejecutar en beneficio de todos ellos.
c) Los consorcios locales, mancomunidades, comarcas y agrupaciones de municipios que reúnan las condiciones establecidas en la letra a) anterior que se presenten a esta convocatoria a los efectos de llevar a cabo una iniciativa conjunta, ya que en muchas ocasiones estas iniciativas conjuntas favorecen el cumplimiento de objetivos.
Los ayuntamientos integrantes serán responsables solidariamente respecto del conjunto de las actividades subvencionadas a desarrollar por el consorcio, mancomunidad, comarca o agrupación local, incluyendo la obligación de justificar, el deber de reintegro, y las responsabilidades por infracciones.
La agrupación, mancomunidad o consorcio no podrán disolverse hasta que hayan transcurrido los plazos de prescripción para el reintegro y las infracciones, en su caso, previstos en los artículos 39 y 65 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Plazo, lugar y forma de presentación


Quedan diferidos los efectos de la presente convocatoria hasta que se publique en la sede electrónica del Instituto para la Transición Justa, O.A. (https://sede.transicionjusta.gob.es), el anuncio por el que queda abierto el período de presentación de solicitudes. Las solicitudes de ayuda se deberán presentar en el plazo de dos meses a contar desde el día en que se produzca dicha publicación. Se ha publicado el anuncio el 22 de enero 2024, por lo que el plazo finaliza el 22 de marzo de 2024.


Las solicitudes se presentarán electrónicamente a través de la sede electrónica del Instituto para la Transición Justa, O.A. Deberá accederse con el certificado digital de la entidad solicitante o del representante de la misma. No podrá accederse a través de certificados digitales de representantes nombrados a los únicos efectos de presentar dicha solicitud.

Documentos adicionales


Orden TED 1381-23 BR y Convoc

Compartir en: