Concesión de ayudas a la inversión en proyectos innovadores de energías renovables y almacenamiento, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables (Programa de energías renovables innovadoras). Bases reguladoras.

Estado


Abierto

Convocante


Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO)

Procedencia


Gobierno de España

Objeto


1. Constituye el objeto de esta orden el establecimiento de las bases reguladoras para la selección y concesión de las ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, correspondientes al programa de incentivos de proyectos innovadores de inversión en instalaciones de producción de energía eléctrica que utilicen tecnología fotovoltaica y eólica en su caso, así como el almacenamiento asociado a estos proyectos e implantación de bombas de calor renovable, a través de cinco programas de incentivos que así mismo se aprueban, de conformidad con lo dispuesto en esta orden, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR).
2. Las ayudas reguladas por esta orden tendrán como finalidad contribuir al cumplimiento de los objetivos correspondientes a la inversión 1 del Componente 7, y a la inversión 1 del Componente 31 (capítulo REPowerEU) del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Las actuaciones promovidas por esta orden de bases contribuyen a los objetivos CID 117, y 478. Para determinar la contribución de las ayudas reguladas por esta orden de bases se tendrá en cuenta el mecanismo de verificación vigente en cada momento («operational agreement» OA) que se acuerde con la Comisión Europea.
La contribución o bien al objetivo CID 117 o bien al CID 478 vendrá determinada por el origen de los fondos bien procedan estos de la C7.I1 (que contribuirán al objetivo CID 117), bien de la C31.I1 (que contribuirán al objetivo CID 478).
3. Asimismo, contribuirán a los objetivos incluidos en la Ley 7/2021, de 20 de mayo, de cambio climático y transición energética, así como los recogidos en el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima (PNIEC) 2021-2030.


El ámbito de actuación del programa comprenderá todo el territorio nacional, si bien en cada convocatoria se podrá particularizar el ámbito geográfico de la subvención.


Podrán ser objeto de ayuda los proyectos de inversión en instalaciones en los programas que seguidamente se especifican, siempre y cuando cumplan lo establecido para cada programa y subprograma de esta Orden de Bases en el anexo I y la convocatoria correspondiente:


a) Programa de incentivos 1: Proyectos innovadores de instalaciones agrivoltaicas con almacenamiento.


b) Programa de incentivos 2: Proyectos innovadores de instalaciones fotovoltaicas flotantes en espacios artificiales con almacenamiento.


c) Programa de incentivos 3: Proyectos innovadores de integración de renovables con almacenamiento en infraestructuras.


d) Programa de incentivos 4: Proyectos innovadores de autoconsumo colectivo con almacenamiento, con participación de consumidores vulnerables.


e) Programa de incentivos 5: Proyectos innovadores de instalaciones de bombas de calor renovables.

Beneficiarios


Podrán obtener la condición de beneficiarios en las correspondientes convocatorias que se celebren al amparo de esta orden de bases cualesquiera personas jurídicas, públicas o privadas, legal, válidamente constituidas y debidamente inscritas en el registro correspondiente, siempre cumplan todos los requisitos exigidos por esta orden de bases, las respectivas convocatorias y las resoluciones de concesión.

Plazo, lugar y forma de presentación


Las solicitudes se presentarán en la forma, lugar y en el plazo que establezca la convocatoria correspondiente.

Documentos adicionales


Orden TED-765-24 BR

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