Bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la modernización y gestión sostenible de las infraestructuras de las artes escénicas y musicales: Cantabria

Estado


Cerrado

Convocante


Consejería de Universidades, Igualdad, Cultura y Deporte

Procedencia


CC.AA.

Objeto


La presente Orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras de las subvenciones que conceda, en régimen de concurrencia competitiva, la Consejería de Universidades, Igualdad, Cultura y Deporte, con cargo a los créditos de sus presupuestos, que tengan por objeto la
modernización y gestión sostenible de las infraestructuras de las artes escénicas y musicales, estableciéndose las siguientes líneas de subvención:


A. Ayudas a espacios escénicos con un aforo igual o superior a 1.000 personas


B. Ayudas a espacios escénicos con un aforo inferior a 1.000 personas


2. Las ayudas que se financien al amparo de esta orden de bases se enmarcan en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia del Gobierno español y tienen por objeto la financiación de proyectos de inversión, cubriendo en particular los relativos a la transición verde
y transformación de los espacios, y que impulsen un crecimiento inteligente y sostenible en su gestión.

Beneficiarios


Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones los espacios escénicos ubicados en Cantabria, cuya titularidad corresponda a personas físicas o jurídicas, publicas o privadas, y que cumplan con los requisitos para cada modalidad establecidos en la convocatoria:


A. Ayudas a espacios escénicos con un aforo igual o superior a 1.000 personas. Podrán solicitar esta modalidad los titulares de espacios escénicos ubicados en Cantabria con un aforo igual o superior a 1.000 personas, cuya titularidad corresponda a personas físicas o jurídicas, públicas o privadas.


B. Ayudas a espacios escénicos con un aforo inferior a 1.000 personas. Podrán solicitar esta modalidad los titulares de espacios escénicos ubicados en Cantabria con un aforo inferior a 1.000 personas, cuya titularidad corresponda a personas físicas o jurídicas, públicas o privadas.


 

Plazo, lugar y forma de presentación


Una vez publicado el extracto de la convocatoria, los interesados que deseen solicitar la subvención deberán presentar su solicitud en el modelo normalizado que se apruebe en la correspondiente convocatoria. Dichas solicitudes irán debidamente cumplimentadas y firmadas y
se dirigirán al titular de la consejería de Universidades, Igualdad, Cultura y Deporte.


Los interesados podrán presentar las solicitudes en el Registro de la Consejería competente en materia de Cultura (C/ Lealtad 24, Santander) o a través del Registro Electrónico Común (REC), disponible en la Sede Electrónica del Gobierno de Cantabria.


El plazo para la presentación de solicitudes será de 10 días hábiles, contados desde el día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de Cantabria. El extracto para la convocatoria de subvenciones en régimen de competencia competitiva, que tengan por objeto la realización de actividades del 1 de enero de 2021 al 30 de noviembre de 2022, ha sido publicado en el BOC de 31 de diciembre 2021.

Documentos adicionales


Orden UIC-42-2001

Extracto

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