Ayudas públicas en el marco de la Línea de Fomento de Innovación desde la Demanda para la Compra Pública de Innovación. Bases reguladoras y convocatoria 2023. MINISTERIO DE CIENCIA E INOVACIÓN. Programa: FEDER. Línea FID
Estado
Cerrado
Convocante
Ministerio de Ciencia e Innovación
Procedencia
Gobierno de España
Objeto
La presente orden CID/676/2023., de 16 de junio, tiene por objeto establecer las bases reguladoras de la concesión de las ayudas para la ejecución y apoyo de operaciones de Compra Pública de Innovación (en adelante, CPI) que impulsen y promocionen actividades de I+D+i lideradas por las empresas.
Asimismo, tiene por objeto establecer reglas de financiación a través de préstamos y anticipos reembolsables, en su caso cofinanciados con cargo al FEDER, de acuerdo con lo establecido en la Ley General de Subvenciones y los Reglamentos que regulan la cofinanciación con el FEDER. De este modo los préstamos y anticipos reembolsables que se otorguen al amparo de esta norma, se regirán por la presente Orden, y en lo que no se establezca en la misma, se regirá por las prescripciones de la Ley General de Subvenciones y por la normativa del Derecho de la Unión Europea que resulte de aplicación.
La finalidad de las ayudas objeto de esta Orden es el desarrollo de productos o servicios innovadores adquiridos por parte de compradores públicos a través del mecanismo de la Compra Pública de Innovación, con el fin de:
a) Mejorar los servicios públicos, en términos de eficacia o eficiencia.
b) Mejorar la innovación y la competitividad empresarial, atrayendo fondos para la I+D+i empresarial mediante contratación.
c) Reforzar la comercialización de la innovación empleando al cliente público como cliente lanzador o de referencia.
d) Estimular el emprendimiento y la innovación, particularmente de las PYME.
El presupuesto de la convocatoria 2023 tiene un presupuesto de 177 millones de euros cofinanciado con fondos FEDER.
Beneficiarios
Podrán tener la condición de beneficiarios en el marco de las convocatorias efectuadas al amparo de esta Orden, los organismos y entidades del Sector Público que tengan la condición de poder adjudicador y presten un servicio público del que sean titulares.
Plazo, lugar y forma de presentación
Las solicitudes se presentarán en la forma y en el plazo establecido en cada convocatoria, y, cuando así proceda por la naturaleza de las actuaciones, indicarán el carácter abierto de la misma, conforme al artículo 59 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones.
Documentos adicionales