Ayudas para la elaboración de proyectos de mejora de la eficiencia del Ciclo Urbano del Agua: Primera Convocatoria de Subvenciones en concurrencia competitiva de proyectos de mejora de la eficiencia del ciclo urbano del agua (PERTE digitalización del ciclo del agua)

Estado


Cerrado

Convocante


Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO)

Procedencia


Gobierno de España

Objeto


Mediante la orden ministerial TED/934/2022, de 23 de septiembre, se aprueban las bases reguladoras, en régimen de concurrencia competitiva, para el Programa de ayudas para la mejora de la eficiencia del ciclo urbano del agua, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y se aprueba la primera convocatoria correspondiente al ejercicio 2022 relativa al ciclo urbano del agua.


El programa de ayudas descrito en estas bases tiene por objeto subvencionar aquellos proyectos que contribuyan a la consecución de objetivos específicos, vinculados a los objetivos generales del Componente 5, Inversión 1 (C5.I1) «Materialización de actuaciones de depuración, saneamiento, eficiencia, ahorro, reutilización y seguridad de infraestructuras (DSEAR)», del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y contribuirán al cumplimiento de los objetivos asociados a la misma. En concreto, con estas bases se van a realizar actuaciones que pueden enmarcarse tanto en la submedida 1.a, relativa a actuaciones de depuración, saneamiento y reutilización del agua como también a la submedida 1.b relativa a actuaciones para la mejora de la eficiencia y reducción de pérdidas en el uso del agua, puesto que es la gestión integral de ciclo urbano del agua la mejor forma de fomentar la eficiencia en el uso del agua y energía, mejorando, tanto el saneamiento, la depuración y reutilización (submedida 1.a) como la eficiencia y reducción de pérdidas asociadas al  abastecimiento (submedida 1.b), siendo la digitalización, por lo tanto, una medida transversal de mejora de la eficiencia en general de la gestión del ciclo urbano del agua, complementando y apoyando al cumplimiento, conforme está diseñado del PRTR, del objetivo CID #76, denominado, «Infraestructuras de tratamiento de aguas y aguas residuales mejoradas», con el fin de garantizar el cumplimiento de la Directiva 91/271/CEE y cumplir los criterios de eficiencia energética, o de mejorar la eficiencia y reducir las pérdidas de agua en los sistemas de distribución de agua.


Serán objeto de financiación, conforme a las convocatorias asociadas, aquellos proyectos de mejora de la eficiencia del ciclo urbano del agua que se conformen con los siguientes tipos de actuaciones: de planificación (tipo A), de implementación de acciones de mejora de la eficiencia y digitalización (tipo B) o de gestión de la información (tipo C). La lista de actuaciones financiables en el marco de estos proyectos se detalla en la correspondiente convocatoria de ayudas.


La cuantía total máxima de las ayudas a conceder en el marco de la presente convocatoria será de 200.000.000 de euros,  de los que se reservan 60.000.000 de euros para la subvención de proyectos presentados por agrupaciones de solicitantes o por solicitantes individuales, siempre que, en ambos casos, dichos proyectos abarquen más de cinco (5) términos municipales, en los que al menos uno de los municipios incluidos en su ámbito territorial no reúna individualmente el requisito exigido en el artículo 6.2 de las bases.


El importe máximo de la ayuda a conceder por cada solicitud de ayuda será de hasta 10.000.000 euros y el importe mínimo de la ayuda a conceder por cada solicitud de ayuda será de, al menos, 3.000.000 de euros, con el condicionante que se establece a continuación. El órgano concedente se reserva el derecho de otorgar una subvención inferior a la cantidad pedida por el solicitante.


La intensidad máxima de la ayuda respecto de los costes elegibles subvencionables por tipo de actuación se definen el anexo I de esta convocatoria.


Serán objeto de financiación aquellos proyectos que se conformen con los siguientes tipos de actuaciones: de planificación (tipo A), de implementación de acciones de mejora de la eficiencia y digitalización (tipo B) o de gestión de la información (tipo C). Descripción de la tipología de actuaciones:
a) Tipo A: Elaboración/actualización de estrategias, planes, proyectos constructivos o estudios que promuevan la mejora de la eficiencia del ciclo urbano del agua en cualquier ámbito territorial de los términos  municipales incluidos en la propuesta presentada y que incluyan, entre otros elementos, labores de caracterización topográfica y digital, creación de gemelos digitales, modelos hidrológico hidráulicos, evaluación del
estado y diagnóstico de los sistemas de captación, abastecimiento, saneamiento, vertidos y depuración existentes bien a través de la modelización numérica o de otros tipos de actuaciones así como la redacción de proyectos constructivos derivados, así como planes y estudios asociados a la gestión de la calidad del agua en general y riesgos ambientales en relación con el abastecimiento, incluyendo planes de emergencia
ante situaciones de sequía, así como saneamiento, vertidos, gestión de pluviales, calidad en general y riesgos de inundación pluvial.
b) Tipo B: Intervenciones específicas de mejora de la eficiencia y digitalización del ciclo urbano del agua:
− B.1 Actuaciones de mejora de la eficiencia y digitalización centradas en las infraestructuras de captación del agua o puntos de entrega para el uso público y en especial, sobre las captaciones directas al dominio público hidráulico, tanto superficiales como subterráneas.
− B.2 Actuaciones de mejora de la eficiencia y digitalización sobre cualquier elemento del sistema de abastecimiento, incluyendo redes de distribución, acometidas de interés público que afecten a una pluralidad de personas usuarias, que en conjunto fomenten a su vez la telegestión y la telelectura del sistema.
− B.3 Actuaciones de mejora de la eficiencia y digitalización sobre el sistema de saneamiento y depuración, tanto en la red de colectores como otras infraestructuras existentes en los sistemas de saneamiento, así como en el conjunto de los procesos de las estaciones de depuración de aguas residuales y resto de infraestructuras del sistema de saneamiento.
− B.4 Actuaciones de mejora de la eficiencia y digitalización en los puntos de vertido de aguas residuales asignados al beneficiario, y en especial los que viertan directamente al dominio público, tanto si el vertido se efectúa en tiempo seco como si se efectúan exclusivamente durante episodios de precipitación.
Estas cuatro tipologías de actuaciones podrán complementarse con las actuaciones estructurales necesarias para la implantación de las actuaciones de mejora de la eficiencia proyectadas, incluyendo reparaciones y mejoras técnicas en los sistemas de abastecimiento, saneamiento y tratamiento de aguas, que permitan, entre otras actuaciones, el incremento de volúmenes tratados, la disminución de pérdidas, la correcta sensorización de los elementos anteriormente citados, así como todas las herramientas de comunicaciones necesarias para el desarrollo de las mismas, y en especial, aquellas destinadas a la implantación de tecnologías de la información Internet of Things (IoT).
c) Tipo C: elaboración/actualización o mejora de plataformas o sistemas de información y herramientas digitales en relación con el tratamiento, la reutilización de datos obtenidos de las actuaciones tipo B y la puesta en valor de toda la información generada de forma que permita una mejor gestión interna del ciclo urbano del agua y que se fomente la transparencia en la gestión del ciclo urbano del agua en el ámbito territorial de proyecto, fomentando la mejora de la eficiencia, el incremento de volúmenes tratados, la disminución de las pérdidas de agua, la mejora en la gestión de las infraestructuras de tratamiento, todo ello también para situaciones ordinarias como para la gestión de los sistemas en episodios de precipitación, fomentando el avance de la gestión hacia una gestión inteligente del ámbito urbano del proyecto (Smart city) y la ciberseguridad de cualquiera de los sistemas de gestión existentes o que se vayan a desarrollar en el marco de los proyectos incluidos en el ámbito de la presente convocatoria.

Beneficiarios


Podrán ser beneficiarias, para las actuaciones incluidas en los proyectos que se desarrollen en su ámbito territorial:


a) Las personas físicas o jurídicas que sean operadores, en cualquier tipo de modalidad de conformidad con lo establecido en la normativa aplicable, de los servicios de abastecimiento, saneamiento o depuración de aguas residuales urbanas en uno o varios términos municipales, tanto en el supuesto de la prestación de dichos servicios en régimen de gestión directa, con expresa inclusión de los consorcios públicos y cualquier otra corporación de derecho público relacionada con la gestión del ciclo del agua, como en el supuesto de la prestación de dichos servicios en régimen de gestión indirecta, mediante las distintas formas previstas en la normativa aplicable. En este último supuesto podrán ser también beneficiarios, además de los operadores de los servicios de abastecimiento, saneamiento o depuración de aguas residuales urbanas, los ayuntamientos, mancomunidades y demás entes locales de ámbito supramunicipal titulares de los citados servicios.


b) Agrupaciones de solicitantes, según se definen en el artículo 3.6 de la presente orden, formadas por dos o más sujetos descritos en el apartado a) que se constituyan conforme al artículo 11.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en el artículo 67 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre.


c) Las diputaciones provinciales o aquellas Administraciones que, de acuerdo con el artículo 40 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, tengan asumidas sus competencias propias, así como los cabildos y consejos insulares.


Para optar a estas ayudas, cada proyecto deberá incluir uno o varios términos municipales, de forma que, de manera individual o conjunta, incluyendo en este caso las entidades supramunicipales con personalidad jurídica, el proyecto seleccionado atienda, como mínimo a una población de forma permanente no inferior a 20.000 habitantes.


 

Plazo, lugar y forma de presentación


Las solicitudes se presentarán por vía electrónica a través del portal web del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

El plazo para presentación de solicitudes comenzará el día siguiente a la fecha de publicación de la presente orden ministerial en el «BOE» y finalizará a los noventa (90) días hábiles, por lo que el plazo finaliza el 10 de febrero de 2023.

Documentos adicionales


Orden 934-22 BR y conv 2022

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