Ayudas para la transformación de flotas de transporte de viajeros y mercancías de empresas privadas prestadoras de servicios de transporte por carretera, así como de empresas que realicen transporte privado complementario. Convocatoria. Baleares

Estado


Cerrado

Convocante


Consejería de Movilidad y Vivienda. Islas Baleares

Procedencia


CC.AA.

Ámbito


Autonómico

Objeto


La presente Resolución tiene como objeto aprobar la convocatoria de ayudas para la transformación de flotas de transporte de viajeros y mercancías de empresas privadas prestadoras de servicios de transporte por carretera, así como de empresas que realicen transporte privado complementario, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), financiadas por la Unión Europea «Next Generation EU».


Esta convocatoria tiene por objeto regular el otorgamiento de las ayudas para la transformación de flotas de transporte de viajeros y mercancías de empresas privadas prestadoras de servicios de transporte por carretera,  así como de empresas que realicen transporte privado complementario, en el marco del componente 1 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, gestionado por el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.


Serán actuaciones subvencionables las relacionadas a continuación dentro de cada actividad:
a) Actividad 1: achatarramiento.
b) Actividad 2: adquisición de vehículos de energías alternativas bajas en carbono.
c) Actividad 3: retrofit o modificación de la forma de propulsión de los vehículos.
d) Actividad 4: implantación de infraestructura de recarga de vehículos eléctricos


e) Actividad 5: adquisición de semirremolques para autopistas ferroviarias (introducido por la Resolución del Consejero de 25 de mayo 2022.


1. Esta convocatoria tiene un importe de 3.621.025 €, con cargo a la partida presupuestaria 25201 521B01 77000 00 FF MR050.
2.(según la Resolución de 25/5) La distribución del importe anterior se repartirá entre las actuaciones subvencionables definidas en el punto 4.1 de la siguiente manera:
a) Actividad 1 (desguace): 1.629.461,25 €.
b) Actividad 2 (adquisición de vehículos de energías alternativas bajas en carbono): 1.448.410 €.
c) Actividad 3 (retrofit o modificación de la forma de propulsión de los vehículos): 90.525,64 €.
d) Actividad 4 (implantación de infraestructura de recarga de vehículos eléctricos): 362.102,47 €
e) Actividad 5 (adquisición de semirremolques para autopistas ferroviarias): 90.525,64 €.


 

Beneficiarios


Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las personas físicas o jurídicas que tengan la residencia fiscal en la comunidad autónoma de las Illes Balears y sean titulares de alguna de las siguientes autorizaciones en la fecha de la solicitud de la ayuda:
a) Una autorización de transporte público de mercancías habilitante para realizar transporte con vehículos o conjuntos de vehículos de más de 3,5 toneladas de masa máxima, identificada con la clave MDPE.
b) Una autorización de transporte publico discrecional de viajeros en autobús, identificada con la clave VDE.
c) Una autorización de transporte privado complementario de mercancías habilitante para realizar transporte con vehículos o conjuntos de vehículos de más de 3,5 toneladas de masa máxima, identificada con la clave MPCE.
d) Una autorización de transporte privado complementario de viajeros en autobús con la clave VPCE.
e) Una autorización autonómica de transporte público de mercancías con clave MDLE, siempre que tengan adscritos a dicha autorización vehículos de más de 3,5 toneladas de masa máxima a fecha de la aprobación del Real Decreto 983/2021.
Los beneficiarios podrán recibir ayudas únicamente en relación con la categoría y clase de vehículos asociada a la habilitación que les otorgue la autorización de la que sean titulares.


 

Plazo, lugar y forma de presentación


Mediante la Resolución del consejero de Movilidad y Vivienda, a propuesta del director general de Movilidad y Transporte Terrestre, de suspensión de la concesión de nuevas ayudas, queda cerrada la convocatoria.


Las solicitudes de ayudas para la actividad 1 (desguace) registradas a partir de la fecha permanecen en lista de reserva provisional y se atenderán por riguroso orden de entrada, supeditadas a que se produzcan desestimaciones o renuncias de las solicitudes de ayudas previas que puedan liberar presupuesto o bien se incorpore nuevo presupuesto a la convocatoria. En ningún caso, la presentación de una solicitud a la lista de reserva provisional no generará ningún derecho para la persona solicitante, hasta que no se valide la solicitud.

Documentos adicionales


Resolucion

Document BDNS (castellà) (3)

Correcion erratas

Res 25-5 modf convoca y correc error

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