Ayudas para la implementación de la normativa de residuos en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Convocatoria 2023. MADRID

Estado


Cerrado

Convocante


Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior. Comunidad de Madrid

Procedencia


CC.AA.

Objeto


El objeto de esta Orden 2032/2023 es convocar las ayudas es acelerar las inversiones necesarias para mejorar la gestión de residuos, garantizar el cumplimiento de nuevos objetivos comunitarios en materia de gestión de residuos  municipales, fomentar las primeras opciones de la jerarquía de residuos y reducir el depósito en vertedero, contribuir a la lucha contra el cambio climático e implementar estrategias de economía  circular.
Las actuaciones subvencionables se desagregan en las siguientes líneas y sublíneas:
— Línea 2. Construcción de instalaciones específicas para el tratamiento de los biorresiduos recogidos separadamente.
— Línea 4. Inversiones relativas a instalaciones de recogida (como puntos limpios), triaje y clasificación (envases, papel, etc.) y mejora de las plantas de tratamiento mecánico-biológico existentes.
4.1. Proyectos de construcción y mejora de instalaciones de recogida (puntos limpios, incluyendo recogida de residuos textiles y residuos domésticos peligrosos).


La presente convocatoria se regula por la Orden 458/2022, de 25 de febrero.


La dotación presupuestaria destinada a financiar esta convocatoria asciende a 8.718.704,84 euros, y se contraerá con cargo a los créditos del subconcepto 79909, programa 456N del Presupuesto de Gastos para 2023 de la Dirección General de Transición Energética y Economía Circular, con la siguiente distribución por líneas y sublíneas:
— Línea 2. Construcción de instalaciones específicas para el tratamiento de los biorresiduos recogidos separadamente, 8.000.000 euros, con la siguiente distribución:
 Se destinarán 4.000.000 euros, a los proyectos presentados por entidades locales o consorcios.
 Se destinarán 3.600.000 euros, a proyectos presentados por gestores de residuos, que se acojan a lo dispuesto en los artículos 41 y 47 del Reglamento (UE) 651/2014.
 Se destinarán 400.000 euros, a proyectos presentados por gestores de residuos, que se acojan a lo dispuesto en el Reglamento (UE) 1407/2014.
— Línea 4. Inversiones relativas a instalaciones de recogida (como puntos limpios), triaje y clasificación (envases, papel, etc.) y mejora de plantas de tratamiento mecánico biológico existentes. Sublínea 4.1. Proyectos de construcción y mejora de instalaciones de recogida (Puntos Limpios; incluyendo recogida de residuos textiles y residuos domésticos peligrosos), con 718.704,84 euros. En el caso de Puntos Limpios móviles solo podrán ser subvencionados vehículos que no utilicen combustibles fósiles. Con la siguiente distribución:
 Se destinarán 518.704,84 euros, a los proyectos presentados por entidades locales o consorcios.
 Se destinarán 200.000 euros, a proyectos presentados por gestores de residuos, que se acojan a lo dispuesto en el Reglamento (UE) 1407/2014.
Con carácter general, la ayuda no podrá superar el 90 por 100 de los gastos financiables del proyecto subvencionado, no siendo elegible el IVA, sin perjuicio de la aplicación, en todo caso, de las cuantías máximas establecidas para las ayudas de Estado en el Reglamento (UE) 1407/2013 y en el Reglamento (UE) 651/2014, expresadas en el artículo 10 de la Orden 458/2022 y en el Reglamento (UE) 2023/1315 de la Comisión, de 23 de junio, por el que se modifica el Reglamento (UE) 651/2014. En el caso de actuaciones referidas a las Líneas 2 y 4.1 que se acojan a lo establecido en el artículo 47 del Reglamento (UE) 2023/1315 la intensidad de la ayuda no podrá exceder del 35 por 100 de los costes subvencionables. La intensidad de ayuda podrá incrementarse en 20 puntos porcentuales en el caso de las ayudas concedidas a pequeñas empresas y en 10 puntos porcentuales si las ayudas van destinadas a medianas empresas.


Mediante la Orden 1491/2024 se amplía el crédito presupuestario con la siguiente distribución:

Línea 4. Inversiones relativas a instalaciones de recogida (como puntos limpios), triaje y clasificación (envases, papel, etc.) y mejora de plantas de tratamiento mecánico biológico existentes. Sublínea 4.1. Proyectos de construcción y mejora de instalaciones de recogida (Puntos limpios; incluyendo recogida de residuos textiles y residuos domésticos peligrosos) 153.814,11 euros, para los proyectos presentados por entidades locales y consorcios.


Mediante la Orden 1882/2024 se amplia el crédito presupuestario con la siguiente distribución:


Línea 4. Inversiones relativas a instalaciones de recogida (como punto limpios), triaje y clasificación (envases, papel, etc.) y mejora de plantas de tratamiento mecánico biológico existentes. Sublínea 4.1. Proyectos de construcción y mejora de instalaciones de recogida (Puntos limpios; incluyendo recogida de residuos textiles y residuos domésticos peligrosos) 66.087,75 euros, para los proyectos presentados por entidades locales y consorcios.

Beneficiarios


Podrán optar a estas ayudas:
— Las entidades locales de la Comunidad de Madrid, o los consorcios constituidos por dichas entidades locales, que tengan asumida la competencia de prestar servicios de recogida o de tratamiento de   residuos y que presenten proyectos sobre los servicios de su competencia para su financiación, para las ayudas previstas en las líneas 2 y 4.
Una entidad local no podrá concurrir simultáneamente, para la misma actuación, de manera individual y a través de una entidad supramunicipal en la que esté integrada.
— Gestores de residuos que presenten proyectos para las ayudas previstas en la línea 2.
Respecto a las personas jurídicas, un mismo solicitante no podrá concurrir de forma simultánea, y por el mismo concepto, individualmente y a través de otro tipo de entidad.

Plazo, lugar y forma de presentación


Las solicitudes se presentarán en el modelo normalizado que se encuentra disponible en la sede electrónica de la Comunidad de Madrid, en la dirección electrónica sede.comunidad.madrid , en el plazo de un meses a contar desde el día siguiente al de publicación del extracto de esta convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, que ha sido el 28 de diciembre, por lo que el plazo finaliza el 29 de enero de 2024.


Mediante la Orden 245/2024, de 22 de enero, se amplía el plazo de presentación de solicitudes en 15 días, siendo la nueva fecha de finalización de solicitudes el 13 de febrero de 2024.

Mediante la Orden 540/2024, de la que se ha publicado el extracto en el BOCAM del 12 de febrero, se corrige el error de la orden 245/2024, aclarando que los 15 días de ampliación del plazo para la presentación de solicitudes, serán días naturales.

Cada solicitante solo podrá presentar una solicitud de actuación en el caso de la línea. Si se presentara más de una solicitud, se tendrá en cuenta la presentada en último lugar.

En el caso de la línea 2, si se presentara más de un proyecto por beneficiario, la ayuda total concedida a la entidad local no podrá superar los límites máximos establecidos en la convocatoria.

Documentos adicionales


Orden 2032-2023 convoc 2023 extracto

Orden 2032-2023 conv 2023

Orden 458-22 BR

Orden 245-24 extractoamplia plazo presentacion

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