Ayudas para la implementación de la normativa de residuos. Bases reguladoras y convocatoria 2022. Comunidad de Madrid

Estado


Cerrado

Convocante


Consejería de Medioambiente, Vivienda y Agricultura de la Comunidad de Madrid

Procedencia


CC.AA.

Objeto


La Orden 485/2022, de 25 de febrero, tiene por objeto la aprobación de las Bases Reguladoras y de la Convocatoria para el año 2022, de ayudas destinadas a acelerar las inversiones necesarias para mejorar la gestión de residuos, garantizar el cumplimiento de nuevos objetivos comunitarios en materia de gestión de residuos municipales, fomentar las primeras opciones de la jerarquía de residuos y reducir el depósito en vertedero, contribuir a la lucha contra el cambio climático e implementar estrategias de economía circular. Con fecha 25 de marzo de 2022, se ha publicado en el BOCM el extracto de esta convocatoria


Las actuaciones subvencionables se desagregan en las siguientes líneas y sublíneas:




  • Línea 1. Implantación de nuevas recogidas separadas, especialmente biorresiduos, y mejora de las existentes.

    • 1.1. Proyectos de implantación, ampliación o mejora de la recogida separada de biorresiduos destinados a instalaciones específicas de tratamiento biológico (compostaje, digestión anaerobia o ambas)

    • 1.2. Proyectos de separación y reciclado en origen de biorresiduos mediante su compostaje doméstico y comunitario

    • 1.3. Proyectos de implantación o mejora de la recogida separada de aceite de cocina usado generado en el ámbito doméstico, del comercio y servicios, para destinarlo a valorización, principalmente para la obtención de biocarburante

    • 1.4. Proyectos de implantación o mejora de la recogida separada de la fracción de residuos textiles de los residuos municipales para destinarlos a preparación para la reutilización o reciclado



  • Línea 2. Construcción de instalaciones específicas para el tratamiento de los biorresiduos recogidos separadamente

  • Línea 3. Construcción de nuevas instalaciones de preparación para la reutilización y el reciclado de otros flujos de residuos recogidos separadamente

    • 3.1. Construcción de instalaciones de preparación para la reutilización de flujos de residuos recogidos separadamente

    • 3.2. Construcción de instalaciones de reciclado de residuos textiles

    • 3.3. Construcción de instalaciones de reciclado de residuos de plástico



  • Línea 4. Inversiones relativas a instalaciones de recogida (como puntos limpios), triaje y clasificación (envases, papel, etc.) y mejora de las plantas de tratamiento mecánico-biológico existentes



      • 4.1. Proyectos de construcción y mejora de instalaciones de recogida (puntos limpios, incluyendo recogida de residuos textiles y residuos domésticos peligrosos)

      • 4.2. Proyectos de construcción y mejora de instalaciones de triaje y clasificación de residuos (envases, papel, etc.)

      • 4.3. Proyectos para la mejora de las instalaciones de tratamiento mecánico-biológico existentes para incrementar su eficacia en la recuperación de materiales susceptibles de ser reciclados






Mediante la Orden 2938/2022 del 12 de septiembre, se amplía el presupuesto, de forma que la dotación presupuestaria destinada a financiar esta convocatoria asciende a 66.468.840,13 euros Con carácter general, la ayuda no podrá superar el 90 por 100 de los gastos financiables del proyecto subvencionado, no siendo elegible el IVA.

Beneficiarios


Los beneficiarios de estas ayudas serán:




  • Las entidades locales de la Comunidad de Madrid, o los consorcios constituidos por dichas entidades locales, que tengan asumida la competencia de prestar servicios de recogida o de tratamiento de residuos y que presenten proyectos sobre los servicios de su competencia para su financiación, para las ayudas previstas en las líneas 1, 2, 3 y 4. Una entidad local no podrá concurrir simultáneamente, para la misma actuación, de manera individual y a través de una entidad supramunicipal en la que esté integrada.

  • Las entidades jurídicas públicas y privadas (empresas, asociaciones, gremios, fundaciones, entidades sin ánimo de lucro, escuelas y universidades, etc.) que generen residuos comerciales no peligrosos o domésticos generados en las industrias y presenten un proyecto de recogida separada, para las ayudas previstas en la línea 1.

  • Gestores de residuos que presenten proyectos para las ayudas previstas en las líneas 2, 3 y 4.

Plazo, lugar y forma de presentación


Las solicitudes se presentarán en el modelo que se adjunta como Anexo I de la Orden 458/2022, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de publicación del extracto de esta convocatoria, es decir hasta el 26 de mayo 2022, plazo que ha sido ampliado mediante la Orden 1236/2022 de 11 de mayo, por un plazo adicional de 15 días hábiles. por el que el plazo finalizará el 16 de junio de 2022.


Cada solicitante solo podrá presentar una solicitud por sublínea de actuación en el caso de las líneas 1, 3 y 4. Si se presentara más de una solicitud, se tendrá en cuenta la presentada en último lugar.


En el caso de la línea 2, si se presentara más de un proyecto por beneficiario, la ayuda total concedida a la entidad local no podrá superar los límites máximos establecidos en la convocatoria.


Las solicitudes se presentarán a través de la página de la Comunidad de Madrid

Documentos adicionales


Orden 485-22 y correcion errores

Orden 485-22 Residuos MAD extracto EELL

Orden 485-22 Residuos MAD Extracto 2-3

Orden 1236-22 y extracto

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