Ayudas para la financiación de actuaciones de conservación de la biodiversidad en los espacios Red Natura 2000. Convocatoria. Aragón.

Estado


Cerrado

Convocante


Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente. Aragón

Procedencia


CC.AA.

Objeto


La Orden AGM/21/2023, tiene por objeto convocar subvenciones para financiar actuaciones de conservación de la biodiversidad en los espacios Red Natura 2000 situados en Aragón.
La finalidad de estas ayudas es conservar y alcanzar un buen estado de conservación de los ecosistemas mediante su restauración ecológica, la detención de procesos de deterioro ecológico irreversibles cuando sea necesario, y revertir la pérdida de biodiversidad, garantizando un uso sostenible de los recursos naturales y la preservación y mejora de los servicios ecosistémicos, conjugando la conservación de la biodiversidad y de los ecosistemas con un desarrollo ambientalmente sostenible que produzca la mejora del bienestar de la población, fomentando el empleo verde y el emprendimiento vinculados a nuevas actividades encaminadas a mejorar la integración de estos factores.


La cuantía total máxima para esta convocatoria asciende a 1.500.000 €, con la siguiente distribución estimada:

i. Entidades locales: 1.000.000 €.
ii. Resto de entidades beneficiarias: 500.000 €


 La subvención por actuación es del 80%, salvo para entidades locales aragonesas y entidades sin ánimo de lucro, para las que la subvención por actuación es del 100% de los valores de inversión reales, con los siguientes límites:


a) Cada solicitante solo puede realizar una única solicitud. En el caso de que un solicitante presente más de una solicitud sólo se atenderá a la presentada en último lugar por fecha de registro, desestimándose las otras, previa resolución del órgano concedente, salvo que exista renuncia expresa a las anteriores por parte del solicitante.


b) La subvención máxima por solicitud es de 200.000 €, si bien este límite podrá superarse en caso de que, una vez admitidas y valoradas todas las solicitudes recibidas de acuerdo con este criterio, exista aún presupuesto disponible no asignado.


c) La inversión mínima por solicitud es de 20.000 €.

Beneficiarios


Podrán resultar beneficiarias de las subvenciones a las que se refiere esta Orden:


a) Ayuntamientos y comarcas con territorios incluidos en espacios protegidos Red Natura 2000.


b) Las entidades empresariales que tengan consideración de PYME y las empresas autónomas que desarrollen su actividad empresarial en áreas de la Red Natura 2000.


c) Fundaciones y asociaciones sin ánimo de lucro.


d) Universidades y entidades de investigación.


e) Cooperativas y agrupaciones de propietarios en el interior de áreas de la Red Natura 2000, con personalidad jurídica propia.

Plazo, lugar y forma de presentación


El plazo de presentación de solicitudes será de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Orden en el “Boletín Oficial de Aragón”. Es decir, el plazo se cerrará el día 27 de marzo.

Documentos adicionales


Extracto

Orden-AGM-21-2023

Corrección de errores

Corrección de errores 2

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