Ayudas para la elaboración del -libro del edificio existente para la rehabilitación- y la redacción de proyectos técnicos de rehabilitación integral de edificios. Convocatoria. Castilla-La Mancha

Estado


Cerrado

Convocante


Consejería de Fomento. Castilla-La Mancha

Procedencia


CC.AA.

Ámbito


Autonómico

Objeto


La presente resolución de 16/03/2022 convoca, en régimen de concurrencia simplificada, las ayudas para la elaboración del “libro del edificio existente para la rehabilitación” y la redacción de proyectos técnicos de rehabilitación integral de edificios en Castilla-La Mancha.
La finalidad de las ayudas es activar la demanda de una rehabilitación energética significativa y de alta calidad en los edificios, que permita cumplir los objetivos europeos e impulse la actividad de este sector de actividad en el medio y largo plazo.


La cantidad máxima destinada para esta convocatoria de ayudas será de 2.000.000,00 de euros, de acuerdo al siguiente desglose:
Partida presupuestaria  Cuantía €
17060000/G/431A/72000  50.000,00
17060000/G/431A/76000  50.000,00
17060000/G/431A/77000  250.000,00
17060000/G/431A/78173   1.650.000,00
Total 2.000.000,00


Las subvenciones reguladas en esta Orden, además de por lo previsto por la misma, se regirán por lo establecido en el Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, por el que se regulan los programas de ayuda en materia de rehabilitación residencial y vivienda social del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Beneficiarios


Podrán tener la consideración de personas beneficiarias de las ayudas:
a) Las personas físicas o jurídicas de naturaleza privada o pública, propietarias o usufructuarias de viviendas unifamiliares aisladas o agrupadas en fila y de edificios existentes de tipología residencial de vivienda colectiva, así como de sus viviendas.
b) Las Administraciones Públicas y los organismos y demás Entidades de Derecho Público, así como las empresas públicas y sociedades mercantiles participadas, íntegra o mayoritariamente, por las Administraciones Públicas propietarias de los inmuebles destinados a viviendas.
c) Las comunidades de propietarios o las agrupaciones de comunidades de propietarios, constituidas conforme a lo dispuesto por el artículo 5 de la Ley 49/1960, de 21 de julio, de Propiedad Horizontal.
d) Las personas físicas o jurídicas que, de forma agrupada, sean propietarias de edificios que reúnan los requisitos establecidos por el artículo 396 del Código Civil y no hubiesen otorgado el título constitutivo de propiedad horizontal.
e) Las sociedades cooperativas compuestas de forma agrupada por:
1º- Propietarias de viviendas o edificios que reúnan los requisitos establecidos en el artículo 396 del Código Civil.
2º- Propietarias de viviendas que conforman comunidades de propietarios o agrupaciones de comunidades de propietarios, constituidas conforme a lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley 49/1960, de 21 de julio, de Propiedad Horizontal.

Plazo, lugar y forma de presentación


El plazo de presentación de solicitudes se iniciará al día siguiente de la publicación de la convocatoria en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, es decir, a partir del 23/03/2022 hasta el 31 de diciembre de 2022.

Documentos adicionales


Extracto y Res 16-03-22libro edificio

Res 16-3-22 Correcion error

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