Ayudas para estudios e inversiones vinculados a la conservación, recuperación y rehabilitación del patrimonio natural y cultural y a la sensibilización ecológica en la red Natura 2000 de Galicia, cofinanciado con el Fondo europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) en el marco del Plan estratégico de la PAC 2023-2027. FEADER/PAC (Galicia) 2023-2027

Estado


Cerrado

Convocante


Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda. Galicia

Procedencia


CC.AA.

Objeto


El objeto de esta orden de 17 de enero de 2024,  es establecer las bases reguladoras del régimen de ayudas dirigidas a promover la conservación y valorización del patrimonio natural y cultural de los espacios de la Red Natura 2000 de Galicia o de zonas limítrofes fuera de ésta pero localizadas en parroquias incluidas  parcialmente en la Red Natura 2000 (código del procedimiento administrativo MT814A).


Asimismo, a través de esta orden se convocan las ayudas correspondientes a los ejercicios presupuestarios de los años 2024 y 2025 en régimen de publicidad,  objetividad y concurrencia competitiva que serán cofinanciadas por el Feader.


La finalidad de esta orden es la de contribuir a detener e invertir la pérdida de biodiversidad, potenciar los servicios ecosistémicos y conservar los hábitats y los  paisajes, contribuyendo a la consecución de los objetivos recogidos en la Intervención 6871. Inversiones no productivas en servicios básicos en medio natural - subintervención 68710_01 RN 2000,incluida en el PEPAC 2023-2027.


Crédito total de la convocatoria: 2.800.000 euros. Esta dotación inicial se podrá modificar y/o incrementar en los supuestos previstos en el artículo 31.2 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.


Se concederá el 100 % de su coste subvencionable, con un importe máximo de 15.000 €/proyecto en el caso de las personas beneficiarias referidas en el artículo 2.1.a), 2.1.c) y 2.1.d) y de 30.000 € en el caso de las personas beneficiarias del artículo 2.1.b).


Solo se admitirá una solicitud de ayuda y un único proyecto por persona solicitante.

Beneficiarios


Podrán ser personas beneficiarias de las ayudas reguladas en esta orden:
a) Las personas físicas.
b) Los ayuntamientos incluidos total o parcialmente en la Red Natura 2000 de Galicia.
c) Las asociaciones sin ánimo de lucro, incluidas aquellas que tengan firmados acuerdos de  custodia del territorio con personas físicas o jurídicas, titulares o cotitulares de explotaciones agrícolas, ganaderas o sus agrupaciones.
d) Las comunidades de montes vecinales en mano común.

Plazo, lugar y forma de presentación


El plazo de presentación de solicitudes será de un (1) mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia, que ha  sido el 26 de enero de 2024, por lo que el plazo finalizará el 27 de febrero.


Se entenderá cómo último día de plazo el correspondiente al mismo ordinal del día de la publicación. Si el último día de plazo fuese inhábil, se entenderá  prorrogado al primero día hábil siguiente, y si en el mes de vencimiento no hubiese día equivalente al inicial del cómputo, se entenderá que el plazo expira el último  del mes.


Irán dirigidas al Servizo de Patrimonio Natural de la jefatura territorial correspondiente de la Vicepresidencia Segunda e Consellería de Medio Ambiente, Territorio  y Vivenda.


 

Documentos adicionales


Orden 17-1-24 Extracto

Orden 17-1-24 BR y Conv 2024-25

Compartir en: