Ayudas para el fomento de la economía circular mediante actuaciones en materia de prevención y gestión de residuos domésticos. Bases Reguladoras. Aragón

Estado


Cerrado

Convocante


Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente

Procedencia


CC.AA.

Ámbito


Autonómico

Objeto


Esta Orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de infraestructuras, instalaciones y actuaciones de mejora de la gestión y el tratamiento de los residuos domésticos impulsando estrategias y acciones de economía circular en esta materia.

Beneficiarios


Podrán resultar beneficiarias de las subvenciones previstas en estas bases reguladoras, de acuerdo con los requisitos y condiciones establecidos en las respectivas convocatorias, las entidades locales aragonesas y los consorcios de gestión de residuos urbanos para la gestión agrupada de residuos en Aragón o entidades públicas equivalentes establecidas en la planificación autonómica en materia de residuos, el Plan de Gestión de Residuos de Aragón (Plan GIRA).


No podrán obtener la condición de entidades beneficiarias las entidades locales, consorcios o entidades públicas que se encuentren incursas en alguna de las causas de prohibición previstas la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, en la Ley 5/2015, de 25 de marzo, o incumplan las obligaciones de rendición de cuentas ante la Cámara de Cuentas de Aragón, de racionalización del gasto o, cuando proceda, de haber presentado planes económico financieros.


Así mismo, no podrán obtener la condición de entidades beneficiarias las entidades locales, consorcios o entidades públicas que hayan sido objeto de sanciones administrativas firmes o condenas por sentencia judicial firme por acciones u omisiones consideradas discriminatorias por la legislación vigente por razón de género, de derechos de las personas LGTBI, de memoria democrática o de derechos y garantías de las personas con discapacidad, que hayan sido sancionadas en materia laboral o no cumplan con todos los requisitos exigidos en la legislación ambiental vigente.


La acreditación de las circunstancias exigidas para obtener la condición de entidad beneficiaria se realizará en el momento de la solicitud mediante la presentación de declaración responsable.

Plazo, lugar y forma de presentación


El plazo de presentación de solicitudes se concretará en la correspondiente convocatoria, siendo, como mínimo, de 10 días hábiles desde el día siguiente de la publicación de la convocatoria en el “Boletín Oficial de Aragón”.

Documentos adicionales


Orden AGM-9-2022 BR

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