Convocatoria de ayudas, en la Región de Murcia, destinadas a las actuaciones de rehabilitación a nivel de edificio y las de mejora de la eficiencia energética en viviendas. PRTR–financiado por NEXTG-EU. Murcia

Estado


Cerrado

Convocante


Consejería de Fomento e Infraestructuras de la Región de Murcia

Procedencia


CC.AA.

Ámbito


Autonómico

Objeto


El objeto de la Orden de 7 de junio de 2022, es convocar, en el ámbito territorial de la Región de Murcia, de ayudas en forma de subvención, destinadas a la financiación de obras o actuaciones en edificios, incluyendo sus viviendas, de uso  predominantemente residencial y en viviendas unifamiliares por las que se obtenga una mejora acreditada de la eficiencia energética.


Mediante la Orden de 27 de mayo de 2023 de la Consejería de Fomento e Infraestructuras se declara el crédito disponible para los programas 3 y 4:

Programa 3: 9.000.000.00 €


Programa 4: 3.845.423,00 €

Beneficiarios


Programa de ayudas a las actuaciones de rehabilitación a nivel de edificio (P-3):Podrán ser personas beneficiarias de estas ayudas:


a) Las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, propietarias o usufructuarias de viviendas unifamiliares aisladas o agrupadas en fila y las de edificios de tipología residencial de vivienda colectiva a los que se refiere esta Orden, así como de sus viviendas.
b) Las Administraciones Públicas y los organismos y demás entidades de derecho público y las empresas públicas y sociedades mercantiles participadas, íntegra o mayoritariamente, por las Administraciones Públicas propietarias de los inmuebles.
c) Las comunidades de propietarios o las agrupaciones de comunidades de propietarios constituidas conforme a lo dispuesto por el artículo 5 de la Ley 49/1960, de 21 de julio, de Propiedad Horizontal.
d) Las agrupaciones de propietarios/as de edificios que reúnan los requisitos establecidos por el artículo 396 del Código Civil y no hayan otorgado el título constitutivo de propiedad horizontal.
e) Las sociedades cooperativas compuestas de forma agrupada por propietarios de viviendas o edificios que reúnan los requisitos establecidos en el artículo 396 del Código Civil, así como por los propietarios que conforman comunidades de propietarios o agrupaciones de comunidades de propietarios constituidos conforme a lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley 49/1960, de 21 de julio, de Propiedad Horizontal y por cooperativas en régimen de cesión de uso de sus viviendas.
f) Las empresas arrendatarias o concesionarias de los edificios, así como las cooperativas que acrediten dicha condición, mediante contrato vigente, que les otorgue la facultad expresa para acometer las obras de rehabilitación objeto del programa.
g) Las personas arrendatarias de las viviendas cuando se haya acordado con las propietarias de las mismas que éstas costeen a su cargo las actuaciones de rehabilitación que correspondan, a cambio del pago de la renta, y se haya adoptado el oportuno acuerdo de la comunidad de propietarios o del propietario único necesario para beneficiarse de la ayuda.


Programa de ayudas a las actuaciones de mejora de la eficiencia energética en viviendas (P-4): Podrán ser personas beneficiarias de estas ayudas


a) Las personas físicas o jurídicas, de naturaleza privada o pública, propietarias, usufructuarias o arrendatarias de las viviendas.
b) Las Administraciones Públicas y los organismos y demás entidades de derecho público, así como las empresas públicas y sociedades mercantiles participadas, íntegra o mayoritariamente, por las Administraciones Públicas propietarias de los inmuebles.


Las personas beneficiarias tendrán la consideración de destinatarias últimas de la subvención, a efectos de las obligaciones recogidas en el RD 853/2021, de 5 de octubre.

Plazo, lugar y forma de presentación


El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el día siguiente a aquel en que se publique el extracto de la presente Orden en el Boletín Oficial de la Región de Murcia y finalizará, el 31 de julio de 2024, para las actuaciones de rehabilitación a nivel de edificio y el 31 de julio de 2024, para las actuaciones del programa de mejora de eficiencia energética en viviendas.

Documentos adicionales


Orden 7-6-2022 Extracto

Orden P3 y P4 Consejero (COPIA)

Ampliación plazo

Orden de la Consejería de Fomento e Infraestructuras

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