Ayudas económicas, con carácter de subvención, para la implantación ampliación o mejora de la recogida separada de biorresiduos y la separación y reciclado en origen de biorresiduos mediante su compostaje doméstico y comunitario. Convocatoria 2023. La Rioja.

Estado


Cerrado

Convocante


Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural, Territorio y Población. La Rioja

Procedencia


CC.AA.

Objeto


Mediante esta orden se convocan para el año 2023 las ayudas económicas, con carácter de subvención, destinadas a Ayuntamientos, Mancomunidades y Consorcios constituidos por entidades locales, que tengan asumida la competencia de prestar los servicios de recogida de residuos, para la implantación, ampliación o mejora de la recogida separada de biorresiduos y la separación y reciclado en origen de biorresiduos mediante su compostaje doméstico y comunitario en los municipios de la Comunidad Autónoma de La Rioja, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.


Serán subvencionables las actuaciones incluidas en los proyectos que se indican a continuación, siempre que incluyan las características detalladas del anexo I.


- Para los proyectos de implantación, ampliación o mejora de la recogida separada de materia orgánica (línea1):


a) Cubos domésticos para biorresiduos.


b) Cubos comunitarios de biorresiduos para grandes generadores o comunidades de vecinos.


c) Contenedores para la vía pública.


d) Bolsas compostables de uso doméstico.


e) Bolsas y fundas compostables para biorresiduos para grandes generadores.


f) Camiones para la recogida de biorresiduos.


g) Sistemas de identificación de usuario y pesaje.


h) Construcción de áreas de aportación y control de acceso.


i) Sacas reutilizables para la recogida de restos vegetales.


j) Biotrituradoras.


k) Campañas de información, difusión, sensibilización y seguimiento del proyecto.


- Para los proyectos de separación y reciclado en origen de materia orgánica (biorresiduos) mediante su compostaje doméstico y comunitario(línea2):


a) Cubos domésticos para biorresiduos.


b) Compostadores domésticos para viviendas unifamiliares.


c) Compostadores para zonas comunitarias.


d) Biotrituradoras, aireadores, termómetros y tamizadores para el cribado de compost.


e) Construcción de áreas de compostadores comunitarios, incluidos carteles explicativos.


f) Campañas de formación, difusión, sensibilización y seguimiento del proyecto.


No serán subvencionables aquellas actuaciones propuestas por las entidades locales que no se ajusten a los objetivos de la presente orden, en especial, cuando pudieran afectar negativamente a infraestructuras, bienes de terceros, o bien provocar impactos paisajísticos o medioambientales negativos.


Tampoco serán subvencionables los impuestos directos e indirectos, incluido el IVA soportado por el beneficiario, las tasas o impuestos que correspondan por la tramitación ni los gastos de personal del propio solicitante de la subvención.

Beneficiarios


Para el caso de los proyectos relacionados con la línea 1 podrán beneficiarse de las subvenciones reguladas en la orden, de forma individual, los ayuntamientos de más de 20.000 habitantes de la Comunidad Autónoma de La Rioja y, de forma colectiva, a través del Consorcio de Aguas y Residuos de La Rioja, el resto de ayuntamientos de La Rioja, siempre que fomenten la recogida selectiva de biorresiduos y que presenten los proyectos indicados.


En el caso de los ayuntamientos o mancomunidades de población comprendida entre 5.000 y 20.000 habitantes, podrán presentar solicitudes siempre y cuando se justifique en la solicitud que pueden prestar estos servicios con un coste efectivo menor que el que se derivaría para el municipio del proyecto de ámbito supramunicipal propuesto por el Consorcio de Aguas y Residuos de La Rioja.


Para el caso de los proyectos relacionados con la línea 2, serán beneficiarios todos los ayuntamientos de La Rioja, con independencia de su población, siempre que presenten proyectos que fomenten el autocompostaje y el compostaje comunitario.


Mediante resolución nº 111/2024, de 30 de enero (BOR 6/2/2024) se conceden las subvenciones que se detallan en el listado anexo a la resolución.

Plazo, lugar y forma de presentación


Las solicitudes se presentarán en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja.


Se abre el día 10 de agosto de 2023 y se cerrará el día 10 de octubre de 2023

Documentos adicionales


Extracto

Convocatoria

Res 111-24 concesion subvenciones

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