Ayudas correspondientes al Programa de incentivos para la implantación de instalación de energías renovables térmicas en edificios no residenciales, establecimientos e infraestructuras del sector público. Convocatoria. Galicia.

Estado


Abierto

Convocante


Agencia Instituto Energético de Galicia

Procedencia


CC.AA.

Objeto


 La presente resolución tiene por objeto aprobar la convocatoria de ayudas para el programa de incentivos para la implantación de instalaciones de energías renovables térmicas en edificios no residenciales, establecimientos e infraestructuras del sector público para el año 2023, de acuerdo con las bases reguladoras previstas en el Real decreto 1124/2021, de 21 de diciembre (publicado en el BOE núm. 305, de 22 de diciembre), modificado por el Real decreto 377/2022, de 17 de mayo (BOE núm.118, de 18 de mayo) (código de procedimiento IN422O).


Por la presente se convocan ayudas para la siguiente actuación:


Programa de incentivos 2: realización de instalaciones de energías renovables térmicas en edificios no residenciales, establecimientos e infraestructuras del sector público.


El importe total asignado a esta convocatoria asciende a 2.370.318,66 euros

Beneficiarios


Serán destinatarios últimos de las ayudas establecidas en las bases reguladoras para el Programa de incentivos 2 los sujetos que se enumeran en los siguientes apartados, siempre que no realicen una actividad económica por la que ofrezcan bienes o servicios en el mercado:


a) Las entidades locales territoriales previstas en el artículo 3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local, o cualquier otra entidad local o supralocal, distinta de las anteriores, legalmente constituida y dotada de personalidad jurídica propia.


b) Cualquier entidad del sector público institucional de cualquier Administración pública la que se refiere el artículo 2.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, así como las entidades de derecho privado u organizaciones privadas sin ánimo de lucro.


c) Agrupaciones, asociaciones, consorcios o cualquier otra forma de colaboración, con o sin personalidad jurídica y sin actividad económica de cualquiera de las figuras del artículo 16.2, apartados 1 y 2 de las bases reguladoras (Real decreto 1124/2021, de 21 de diciembre).

Plazo, lugar y forma de presentación


El plazo de presentación de solicitudes comenzará a las 9.00 horas, transcurridos 20 días hábiles desde la publicación de la convocatoria de ayudas en el Diario Oficial de Galicia y finalizará el 31 de diciembre de 2023. (Introducido por la corrección de errores publicado en el DOG del 29/9/23)

Documentos adicionales


Res 5-6-2023 Correccion errores

Extracto

R 5_6_2023 Conv

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