Ayudas correspondientes al Plan de mejora de caminos rurales 2023-2024. Convocatoria. Galicia. (FEADER-2023)

Estado


Cerrado

Convocante


Consejería de Economía, Industria e Innovación. Galicia.

Procedencia


CC.AA.

Ámbito


Autonómico

Objeto


El objeto de la Resolución de 28 de febrero de 2023 es establecer las normas de gestión del procedimiento para la concesión de las ayudas que se otorguen al amparo del Plan de mejora de caminos rurales 2023-2024, cofinanciado con el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) en el marco del Plan estratégico de la PAC 2023-2027 en Galicia, en régimen de concurrencia no competitiva.


Son subvencionables las actuaciones de ampliación, mejora o mantenimiento de los caminos que formen parte de la red viaria de acceso a una o varias entidades de población.
A estos efectos, se entiende por red viaria las propias vías del asentamiento, las vías que conecten entidades de población entre sí o con la red viaria principal.


Son actuaciones de ampliación, mejora o mantenimiento las siguientes:


a) Ampliación: las que supongan un incremento de la longitud que incidan en la mejora de la seguridad viaria, permitan el cruce de vehículos o ensanchamientos necesarios en zonas de curvas, de baja visibilidad o empalmes. También podrán incluir obras de incremento de longitud siempre y cuando esta ampliación suponga finalizar en una carretera o en otro camino.


b) Mejora: las que supongan un refuerzo del firme existente con la incorporación de nuevas capas más adecuadas a las características del tráfico rodado que soportan. Tendrán también esta consideración las obras de mejora del drenaje, de la seguridad viaria, refuerzo de taludes (con muros u otras estructuras de contención), adecuación de obras de paso de cursos fluviales y refuerzo de cunetas, así como la integración ambiental o la mejora de la señalización.


c) Mantenimiento: tanto del firme existente, como de sus márgenes (limpieza y perfilado de taludes y cunetas), refuerzos de los terraplenes.


Cada ayuntamiento podrá presentar hasta un máximo de tres proyectos. Cada proyecto podrá comprender un máximo de tres actuaciones. A estos efectos, se entiende por actuación la intervención sobre un mismo camino, o bien sobre varios, siempre y cuando, en este último caso, las obras proyectadas tengan una continuidad física.


La ayuda financiará el 100 % de los gastos subvencionables. El porcentaje de ayuda se calculará sobre el importe de los gastos subvencionables hasta el límite del importe asignado a cada ayuntamiento.


La dotación máxima para financiar estas ayudas asciende a 17.999.842,00 euros

2023: 6.248.145,00 €.
2024: 11.751.697,00 €.

Beneficiarios


Todos los ayuntamientos de Galicia que cumplan los siguientes requisitos:


a) Haber remitido al Consejo de Cuentas las cuentas del último ejercicio presupuestario a que legalmente estén obligados antes del vencimiento del plazo de presentación de la solicitud de la ayuda.


b) Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social y no tener pendiente de pago ninguna otra deuda con la Administración pública de Galicia. Este requisito se comprobará con anterioridad a dictar la correspondiente propuesta de resolución de concesión, teniendo en cuenta el límite máximo para resolver este procedimiento, según lo que se determina en el artículo 12 de este plan.


c) No podrán tener la condición de beneficiarios los ayuntamientos que estén incursos en alguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 10.2 y 3 de la LSG.

Plazo, lugar y forma de presentación


El plazo para presentar las solicitudes de ayuda será de un (1) mes desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el DOG. Se ha publicado el día 3 de marzo de 2023, entonces el plazo se cerrará el día 4 de abril de 2023.

Documentos adicionales


Extracto

Res 28-3-2023

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