Ayudas al autoconsumo, almacenamiento de energía y sistemas térmicos renovables en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Madrid

Estado


Cerrado

Convocante


Fundación de la Energía de la Comunidad de Madrid

Procedencia


CC.AA.

Ámbito


Autonómica

Objeto


La presente convocatoria tiene como objeto promover el despliegue de las energías renovables, fomentar la eficiencia energética, mejorar la calidad medioambiental e impulsar la actividad económica, industrial y empresarial en la región madrileña.


En este sentido, estas ayudas incentivan la aplicación térmica y eléctrica de las energías renovables, favoreciendo el proceso de descarbonización y la transición ecológica hacia un modelo social y energético más sostenible, aumentando la flexibilidad de la red y el control del consumo de energía, y contribuyendo a reducir las emisiones contaminantes.


Serán actuaciones subvencionables las relacionadas en los programas de incentivos que seguidamente se especifican:


a) Programa de incentivos 1: realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, en el sector servicios, con o sin almacenamiento


b) Programa de incentivos 2: realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, en otros sectores productivos de la economía, con o sin almacenamiento


c) Programa de incentivos 3: incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, ya existentes en el sector servicios y otros sectores productivos


d) Programa de incentivos 4: realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector, con o sin almacenamiento


e) Programa de incentivos 5: incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, ya existentes en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector


f) Programa de incentivos 6: realización de instalaciones de energías renovables térmicas en el sector residencial


Acceso a la Resolución


Mediante la Resolución de 29/004/2022 se amplía por una plazo de 6 meses, el plazo para la resolución de las solicitudes.


Mediante la Resolución de 19/07/2022 se modifica la convocatoria, entre otros aspectos la dotación económica:


La dotación económica total asignada por programas queda de la siguiente manera:
— Programa de incentivos 1, realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovables, en el sector servicios, con o sin almacenamiento:
Categoría Autoconsumo renovable: 31.770.704,90 euros.
Categoría Almacenamiento: 6.354.140,80 euros.
— Programa de incentivos 2, realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, en otros sectores productivos de la economía, con o sin almacenamiento:
Categoría Autoconsumo renovable: 24.965.060,40 euros.
Categoría Almacenamiento: 4.934.832,20 euros.
— Programa de incentivos 3, incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable ya existentes en el sector servicios  y otros sectores productivos: 5.804.627,40 euros.
— Programa de incentivos 4, realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector, con o sin almacenamiento:
Categoría Autoconsumo renovable: 73.610.318,50 euros.
Categoría Almacenamiento: 10.091.731,30 euros.
— Programa de incentivos 5, incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, ya existentes en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector: 3.129.190,10 euros.
— Programa de incentivos 6, realización de instalaciones de energías renovables térmicas en el sector residencial: 15.245.61 euros


Mediante Resolución de 31 de enero de 2024, se amplía la cuantía del crédito presupuestario en 56.042.938,00€, quedando por tanto la dotación económica total fijada en 258.150.670,03€. Dicha ampliación queda repartida de la siguiente forma:


Por una parte, la ampliación presupuestaria de las componentes C7 y C8 para los programas 5 y 6 por un importe total de 2.836.130,00 euros, quedaría asignada de la siguiente manera:
— Programa de incentivos 5, incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, ya existentes en el sector residencial, las administraciones  públicas y el tercer sector: 228.702,00 euros.
— Programa de incentivos 6, realización de instalaciones de energías renovables térmicas en el sector residencial: 2.607.428,00 euros.
Por otra parte, la ampliación presupuestaria de la componente C31 para los programas 1, 2, 4 y 5 por un importe total de 53.206.808,00 euros, quedaría asignada de la siguiente manera:
— Programa de incentivos 1, realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovables, en el sector servicios, con o sin almacenamiento:
• Categoría Autoconsumo renovable: 7.345.921,00 euros.
• Categoría Almacenamiento: 320.160,00 euros.
— Programa de incentivos 2, realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, en otros sectores productivos de la economía, con o sin almacenamiento:
• Categoría Autoconsumo renovable: 1.317.650,00 euros.
• Categoría Almacenamiento: 141.532,00 euros.
— Programa de incentivos 4, realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector, con o sin  almacenamiento:
• Categoría Autoconsumo renovable: 41.593.640,00 euros.
• Categoría Almacenamiento: 1.225.891,00 euros.
— Programa de incentivos 5, incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, ya existentes en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector: 1.262.014,00 euros.


La distribución final del crédito de la convocatoria por programa queda repartida de la siguiente forma:
— Programa de incentivos 1, realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovables, en el sector servicios, con o sin almacenamiento:
• Categoría Autoconsumo renovable: 39.116.625,90 euros.
• Categoría Almacenamiento: 6.674.300,80 euros.
— Programa de incentivos 2, realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, en otros sectores productivos de la economía, con o sin almacenamiento:
• Categoría Autoconsumo renovable: 26.282.710,40 euros.
• Categoría Almacenamiento: 5.076.364,20 euros.
— Programa de incentivos 3, incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable ya existentes en el sector servicios y otros sectores productivos: 5.804.627,40 euros.
— Programa de incentivos 4, realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector, con o sin almacenamiento:
• Categoría Autoconsumo renovable: 134.815.318,60 euros.
• Categoría Almacenamiento: 13.090.638,08 euros.
— Programa de incentivos 5, incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, ya existentes en el sector residencial, las administraciones  públicas y el tercer sector: 4.952.859,88 euros.
• Programa de incentivos 6, realización de instalaciones de energías renovables térmicas en el sector residencial: 22.337.224,77 euros.


Mediante la resolución de  21 de marzo de 2024 se modifica la Resolución de 28 de octubre de 2021 en los aspectos que se contienen.

Beneficiarios


Podrán ser destinatarios últimos de las ayudas:

Para los programas de incentivos 1, 2 y 3:

a) Personas jurídicas y agrupaciones de empresas o de personas físicas, con o sin personalidad jurídica, que realicen una actividad económica por la que ofrezcan bienes o servicios en el mercado, incluyendo, entre otros:


1.- Gestores de polígonos industriales, de naturaleza publica o privada


2.- Empresas explotadoras arrendatarias o concesionarias de actuaciones en el ámbito de la energía


3.- Las empresas de servicios energéticos (ESEs), o proveedores de servicios energéticos


b) Las comunidades de energías renovables y las comunidades ciudadanas de energía


 

Para los programas de incentivos 4 y 5:

a) Personas físicas que no realicen ninguna actividad económica por la que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado


b) Las entidades que integran la administración Local de Navarra y el sector público institucional


c) Las personas jurídicas que no realicen ninguna actividad económica, por la que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado, incluyendo las entidades u organizaciones del tercer sector


d) Las personas físicas que realicen alguna actividad económica, por la que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado


e) Las comunidades de propietarios


f) Las comunidades de energías renovables y las comunidades ciudadanas de energía


 

Para el programa de incentivos 6:

a) Personas físicas que no realicen ninguna actividad económica por la que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado


b) Entidades u organizaciones públicas o privadas, sin ánimo de lucro, o personas jurídicas que no realicen ninguna actividad económica por la que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado


c) Las personas físicas que realicen alguna actividad económica, por la que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado


d) Comunidades de propietarios


e) Las entidades que integran la administración Local de Navarra y las que integran el sector público institucional

Plazo, lugar y forma de presentación


Las solicitudes de ayuda podrán cursarse desde las 9:00 h del 16 de noviembre del 2021 hasta el 31 de diciembre de 2023.

Solo se podrá realizar la formulación de una única solicitud por cada instalación que pretenda ser objeto de ayuda en cualquiera de los programas de incentivos.

Acceso a la Convocatoria


Acceso a la Solicitud


Mediante el Real Decreto 1178/2023, de 27 de diciembre, por el que se modifica la normativa reguladora y se adaptan al marco europeo de ayudas de Estado determinados programas de ayudas de rehabilitación energética y energías renovables del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, se amplía el plazo de vigencia del programa hasta el 31 de julio de 2024, manteniéndose, no obstante, la finalización del plazo de presentación de solicitudes en el 31 de diciembre de 2023.

Documentos adicionales


Res 28-10-21 Programas 1-2-3-4-5-6 Extracto

Res 28-10-21

Res 19-7-22 extracto

Res 31-1-24 amplia presupuesto

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