Ayudas a los ayuntamientos para la realización de obras nuevas y de mejora de las infraestructuras agrarias. Bases Reguladoras. Cantabria. FEADER 2021-2027- PROGRAMA LEADER (CANTABRIA)

Estado


Pendiente convocatoria

Convocante


Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medioambiente. Cantabria

Procedencia


CC.AA.

Objeto


Es objeto de la Orden MED/12/2023, establecer las bases reguladoras de ayudas a los Ayuntamientos para la realización de obras nuevas y/o de mejora de sus infraestructuras destinadas al desarrollo, modernización o adaptación de la agricultura y la ganadería, incluido el acceso a las superficies agrarias, la consolidación y mejora de tierras, de acuerdo con su regulación en el Plan Estratégico de la PAC 2023-2027 de España.


Las ayudas tienen por objeto construir o mejorar las infraestructuras agrarias y la gestión del territorio, así como facilitar el acceso a las superficies agrarias, su uso, conservación y consolidación. Todo ello, debe redundar en beneficio de las condiciones de vida y de trabajo de los profesionales agrarios, la mejora de la competitividad y una reducción de costes, así como en una protección del medio ambiente. Se trata de inversiones que tienen un impacto positivo sobre la competitividad de las explotaciones de una determinada zona.


Se podrán apoyar inversiones relacionadas con la mejora, reconstitución o desarrollo de nuevos caminos rurales, que permiten minimizar los desplazamientos, reducir los costes de explotación, facilitar el acceso de la maquinaria a las parcelas, facilitar el tránsito de insumos y productos entre la explotación y los mercados, instalaciones comunales para la gestión del ganado, etc.


La inversión en infraestructuras agrarias de carácter comunitario, permite generar economías de escala, ya que la inversión es aprovechada por un conjunto amplio de agricultores y/o ganaderos de una zona, con lo que la relación beneficio/coste al ser el coste de la inversión una constante, es mayor cuanto más agricultores y/o ganaderos de la zona se benefician de la misma y de este modo, acceden a una gama de servicios de carácter comunal a los que individualmente no tendrían fácil acceder.


En todas las actuaciones, se tendrá en cuenta el impacto sobre el medio ambiente, con especial consideración al paisaje, la biodiversidad y la erosión del suelo en los términos que establezca la legislación aplicable, y en particular la Ley de Cantabria 4/2006, de 19 de mayo, de Conservación de la Naturaleza.


La ayuda será en forma de subvención, por un importe máximo de 40.000 euros por beneficiario, con una intensidad de la ayuda de hasta el 100% y un mínimo del 50%, de modo que podrá alcanzar el 100% de la inversión aprobada realmente ejecutada y pagada si la obra es de importe igual o inferior a dicha cuantía.

Beneficiarios


Podrán ser beneficiarios de las ayudas, los ayuntamientos de municipios pertenecientes a la Comunidad Autónoma de Cantabria que tengan una población inferior a 5.000 habitantes (según los últimos datos publicados por el ICANE anteriores a la convocatoria).

Plazo, lugar y forma de presentación


El plazo de presentación de solicitudes será el fijado en la Resolución de convocatoria anual de estas ayudas, que será como máximo de dos meses a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Cantabria.

Documentos adicionales


Orden MED-12-23 Bases Reguladoras

Compartir en: