Ayudas a las actuaciones de rehabilitación a nivel de edificio. Bases Reguladoras y Convocatoria 2022. Castilla-La Mancha

Estado


Cerrado

Convocante


Consejería de Fomento. Castilla-La Mancha

Procedencia


CC.AA.

Ámbito


Autonómico

Objeto


La presente Orden  57/2022 de 10 de marzo tiene por objeto regular el régimen jurídico de las ayudas dirigidas a la financiación de actuaciones u obras de mejora de la eficiencia energética en edificios de uso predominantemente residencial, y en especial en relación a la envolvente edificatoria en edificios de tipología residencial colectiva, incluyendo sus viviendas, así como en las viviendas unifamiliares.
La finalidad de las ayudas es mejorar la eficiencia energética en edificios de uso predominantemente residencial de Castilla-La Mancha.


Por Resolución de 25/05/2022, se convocan las ayudas para el año 2022.


Mediante la Orden 233/2022, se modifican el artículo 3, artículo 6, artículo 9, artículo 16, artículo 18, artículo 19, artículo 20 y artículo 21.

Beneficiarios


Podrán ser personas beneficiarias de las ayudas:
a) Las personas físicas o jurídicas de naturaleza privada o pública, propietarias o usufructuarias de:
1º Viviendas unifamiliares aisladas o agrupadas en fila.


2º De edificios existentes de tipología residencial de vivienda colectiva, así como las propietarias o usufructuarias de las viviendas de esos edificios.
b) Las Administraciones Públicas y los organismos y demás Entidades de Derecho Público, así como las empresas públicas y sociedades mercantiles participadas, íntegra o mayoritariamente, por las Administraciones Públicas propietarias de los edificios destinados a viviendas.
c) Las comunidades de propietarios o las agrupaciones de comunidades de propietarios, constituidas conforme a lo dispuesto por el artículo 5 de la Ley 49/1960, de 21 de julio, de Propiedad Horizontal.
d) Las personas físicas o jurídicas que, de forma agrupada, sean propietarios de edificios que reúnan los requisitos establecidos por el artículo 396 del Código Civil y no hubiesen otorgado el título constitutivo de propiedad horizontal.
e) Las sociedades cooperativas compuestas de forma agrupada por:
1º Propietarios de viviendas o edificios que reúnan los requisitos establecidos en el artículo 396 del Código Civil.
2º Propietarios de viviendas que conforman comunidades de propietarios o agrupaciones de comunidades de propietarios, constituidas conforme a lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley 49/1960, de 21 de julio, de Propiedad Horizontal.
3º Cooperativas en régimen de cesión de uso de sus viviendas.
f) Las empresas arrendatarias o concesionarias de los edificios, así como cooperativas que acrediten dicha condición, mediante contrato vigente que les otorgue la facultad expresa para acometer las obras de rehabilitación objeto del programa.
g) Las personas físicas arrendatarias cuando acuerden con las personas propietarias de la vivienda costear a su cargo las actuaciones de rehabilitación que correspondan a cambio del pago de la renta, previo acuerdo de la comunidad de propietarios o, en su caso, del propietario único, necesario para solicitar la ayuda.
Cuando la ejecución de una misma actuación subvencionable corresponda a varias personas beneficiarias, la ayuda se distribuirá en proporción al coste y la responsabilidad asumido por cada una.

Plazo, lugar y forma de presentación


El procedimiento de concesión de las subvenciones se iniciará de oficio mediante convocatoria aprobada por resolución de la persona titular de la Consejería competente en materia de vivienda, que será publicada en el  Diario Oficial de Castilla-La Mancha y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, junto a su extracto, de acuerdo con el procedimiento establecido en el artículo 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.


La convocatoria para el año 2022 se ha publicado en el DOCM del 2 de junio de 2022, con un plazo para la presentación de solicitudes que se extenderá desde el día 3 de junio hasta el 30 de diciembre de 2022.

Documentos adicionales


Orden 57-2022 BR

Orden 57-2022 Correcion Errores

Res 25-5-22 Conv y extracto

Orden 57-2022 correcion error 2

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