Ayudas a las actuaciones de mejora de la eficiencia energética en viviendas. Bases Reguladoras y convocatoria. Castilla-La Mancha

Estado


Cerrado

Convocante


Consejería de Fomento. Castilla-La Mancha

Procedencia


CC.AA.

Ámbito


Autonómico

Objeto


La presente Orden 58/2022, de 10 de marzo, tiene por objeto regular el régimen jurídico de las ayudas dirigidas a la financiación de actuaciones u obras de mejora de la eficiencia energética en las viviendas, ya sean unifamiliares o pertenecientes a edificios plurifamiliares.
La finalidad de las ayudas es mejorar la eficiencia energética en las viviendas de Castilla-La Mancha.


Mediante la Resolución de 27/4/2022,  publicada en el DOCM de 5 de mayo, se convocan  las ayudas para los años 2022 y 2023.


La cantidad máxima destinada para esta convocatoria de ayudas será de 4.872.020€, con cargo al presupuesto de la Junta de Comunidades para el año 2022 y 2023.

Beneficiarios


Podrán ser personas beneficiarias de las ayudas:
a) Las personas físicas que sean propietarias, usufructuarias o arrendatarias de viviendas, siempre que las viviendas sobre las que se realicen las actuaciones subvencionables constituyan su domicilio habitual y permanente en el momento de solicitar la ayuda.
b) Las personas jurídicas de naturaleza privada que sean propietarias o usufructuarias de viviendas.
c) Las Administraciones Públicas y los organismos y demás entidades de Derecho Público, así como las empresas públicas y sociedades mercantiles participadas, íntegra o mayoritariamente, por las Administraciones Públicas propietarias de inmuebles destinados a vivienda.

Plazo, lugar y forma de presentación


El procedimiento de concesión de las subvenciones se iniciará de oficio mediante convocatoria aprobada por resolución de la persona titular de la Consejería competente en materia de vivienda, que será publicada en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, junto a su extracto, de acuerdo con el procedimiento establecido en el artículo 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.


El plazo de presentación de solicitudes de subvención se extenderá desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria, es decir, desde el 6 de mayo hasta el 30 de diciembre de 2022.

Documentos adicionales


Orden 58-2022 BR

Res 27-4-22 Convocatoria

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