Ayudas a la elaboración del libro del edificio existente para la rehabilitación y la redacción de proyectos de rehabilitación. Convocatoria 2022. Galicia
Estado
Cerrado
Convocante
Instituto Gallego de la vivienda y Suelo
Procedencia
CC.AA.
Ámbito
Autonómico
Objeto
Esta resolución de 5 de mayo de 2022 tiene por objeto convocar el Programa de ayuda a la elaboración del libro del edificio existente para la rehabilitación y la redacción de proyectos de rehabilitación, previsto en el Real decreto 853/2021, de 5 de octubre, por el que se regulan los programas de ayuda en materia de rehabilitación residencial y vivienda social del Plan de recuperación, transformación y resiliencia (Boletín Oficial del Estado núm. 239, de 6 de octubre) para la anualidad 2022, con carácter plurianual código de procedimiento VI406G).
Las bases reguladoras están contenidas en el RD 853/2021 de 5 de octubre
Beneficiarios
a) Las personas propietarias o usufructuarias de viviendas unifamiliares aisladas o agrupadas en fila y de edificios existentes de tipología residencial de vivienda colectiva, bien sean personas físicas o bien tengan personalidad jurídica de naturaleza privada.
b) Las comunidades de personas propietarias o las agrupaciones de comunidades de personas propietarias constituidas conforme a lo dispuesto por el artículo 5 de la Ley 49/1960, de 21 de julio, de propiedad horizontal.
c) Las personas propietarias que, de forma agrupada, sean propietarias de edificios que reúnan los requisitos establecidos por el artículo 396 del Código civil y no otorgasen el título constitutivo de propiedad horizontal.
d) Las sociedades cooperativas compuestas, de forma agrupada, por personas propietarias de viviendas o edificios que reúnan los requisitos establecidos en el artículo 396 del Código civil, así como por las personas propietarias que conforman comunidades de propietarios o agrupaciones de comunidades de propietarios constituidas conforme a lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley 49/1960, de 21 de julio, de propiedad horizontal.
Plazo, lugar y forma de presentación
Las ayudas previstas en esta convocatoria se podrán solicitar desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución (que ha sido en el DOG de 16 de mayo) hasta el 30 de noviembre de 2022, excepto que, con anterioridad, se hubiera agotado el crédito presupuestario, lo que será objeto de publicación en el DOG y en la página web del IGVS mediante resolución dictada por la persona titular de la Dirección General del IGVS
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