Programa de primera experiencia profesional en las administraciones públicas, de contratación de personas jóvenes desempleadas en el seno de los servicios prestados por dichas administraciones públicas, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Bases Reguladoras. Orden TES/1152/2021, de 24 de octubre.

Estado


Cerrado

Convocante


Ministerio de Trabajo y Economía Social

Procedencia


Gobierno de España

Objeto


Esta orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras de las subvenciones del «Programa de primera experiencia profesional en las administraciones públicas», de acuerdo con la dotación presupuestaria que se asigne a tal fin. Constituye una actuación incluida en la Inversión 1, «Empleo Joven», comprendida en el Componente 23 «Nuevas políticas públicas para un mercado de trabajo dinámico, resiliente e inclusivo» del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Será objeto de las subvenciones reguladas en esta norma la contratación por administraciones públicas y entidades del sector público institucional de personas jóvenes desempleadas, mayores de 16 y menores de 30 años, en la modalidad de contrato en prácticas, en lo que respecta a los costes laborales y la la tutoría de las personas contratadas durante los tres primeros meses de la relación laboral, con la finalidad de garantizar un servicio de apoyo a la persona joven, mediante el acompañamiento personal y el asesoramiento inicial durante el proceso de incorporación al trabajo.

Acceso a la Orden TES/1152/2021, de 24 de octubre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas, destinadas a la financiación del «Programa de primera experiencia profesional en las administraciones públicas», de contratación de personas jóvenes desempleadas en el seno de los servicios prestados por dichas administraciones públicas, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. 

Mediante la Orden de 24-5-2023 se establece un tercer plazo para las solicitudes de subvenciones que van  del 24-5-23 al 31 de julio 2023.

Mediante la  Resolución de 19-5-2023 se modifica este plazo ampliándolo hasta el 31 de agosto de 2023

Mediante la Resolución de 29-6-2023  por la que se actualiza y cuantifica, en el ámbito de gestión del Servicio Público de Empleo Estatal del régimen de módulos:

Modulo A: El módulo ascenderá a 2.254,00 euros por persona contratada en los grupos de cotización de la Seguridad Social 9 al 5, ambos inclusive, y mes de contratación (27.048,00 euros por año de contratación). Este módulo incluye los costes correspondientes de Equipos de Protección Individual (EPI) en cuantía de 392 euros anuales por persona contratada en los grupos de cotización de la Seguridad Social 9 al 5, ambos inclusive.
Módulo B: El módulo ascenderá a 3.381,00 euros por persona contratada en los grupos de cotización de la Seguridad Social 4 a 1, ambos inclusive, y mes de contratación (40.572,00 euros por año de contratación). Este  módulo incluye los costes correspondientes de Equipos de Protección Individual (EPI) en cuantía de 588 euros anuales por persona contratada en los grupos de cotización de la Seguridad Social 4 al 1, ambos inclusive.

Beneficiarios


El Servicio Público de Empleo Estatal y las comunidades autónomas serán las administraciones ejecutoras e impulsarán y subvencionarán el «Programa de primera experiencia profesional en las administraciones públicas»

La actividad subvencionada consistirá en la contratación en la modalidad de contrato en prácticas de las personas destinatarias, como medio de adquisición de las primeras experiencias en el empleo, así como de competencias y habilidades sociales y profesionales; además, cuando así se recoja en la convocatoria, será subvencionada la tutoría de las personas contratadas, durante los tres primeros meses de la relación laboral, con la finalidad de prestar un servicio de apoyo a la persona joven, mediante el acompañamiento personal y el asesoramiento inicial durante el proceso de incorporación al trabajo.

Las personas que sean contratadas deberán ser desempleadas, inscritas como demandantes de empleo en el servicio público de empleo correspondiente, jóvenes mayores de 16 y menores de 30 años. Además, deberán cumplir los requisitos para formalizar un contrato en prácticas. Estos requisitos se habrán de cumplir al inicio del contrato.
2. Las personas trabajadoras objeto de contratación se seleccionarán, siguiendo el procedimiento establecido en el artículo 12, teniendo en cuenta los siguientes criterios:
a) Mayor adecuación al puesto de trabajo ofertado.
b) Estudios específicos relacionados con la materia a desarrollar.
c) La valoración curricular y de las personas candidatas deberá realizarse mediante el uso de curriculum vitae ciego, garantizando el principio de no discriminación por ninguna razón.
d) Las convocatorias deberán recoger las medidas que la entidad tenga ya implementadas a fecha de la solicitud para favorecer la conciliación entre la vida laboral, familiar, personal y la igualdad de género.
e) En las convocatorias las administraciones competentes podrán incluir otros criterios que se consideren relevantes en función en su normativa propia o que se correspondan con la realidad del colectivo.

Plazo, lugar y forma de presentación


Las solicitudes de concesión de subvenciones se dirigirán a la Dirección General del Servicio Público de Empleo Estatal o al órgano competente de la comunidad autónoma, según el ámbito de la convocatoria.

Para el ejercicio 2023 se establece un tercer plazo contado desde el día 30de junio de 2023 hasta el 31 de agosto de 2023, ambos inclusive.

Documentos adicionales


Orden TES-1152-2021 de 24-10

Orden 25-4-23 extracto

Orden 25-4-23 modf plazo extracto

Res 29-6-23 modulos

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