Orden TED/535/2025, de 28 de mayo por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas del MITECO destinadas a Proyectos Innovadores de Almacenamiento energético. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO.
Estado
Pendiente convocatoria
Convocante
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO)
Procedencia
Gobierno de España
Ámbito
Nacional
Importe
La cuantía de las ayudas para proyectos innovadores de almacenamiento energético oscilará entre el 40 % y el 85 % del coste total, según la comunidad autónoma donde se ejecuten, siendo más altas en regiones menos desarrolladas como Andalucía y Castilla-La Mancha (85 %) y más bajas en regiones más desarrolladas como Madrid y Cataluña (40 %). El importe final dependerá del presupuesto presentado, la puntuación en la evaluación y los límites establecidos en cada convocatoria, con posibilidad de reducción voluntaria para mejorar la valoración. Además, existen límites máximos por beneficiario y por proyecto. Para más detalles, puede consultarse el Artículo 9 de la Orden TED/535/2025, de 28 de mayo, publicada en el BOE:
https://www.boe.es/boe/dias/2025/05/29/pdfs/BOE-A-2025-10668.pdf
Objeto
El objeto de esta orden es aprobar las bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas en régimen de concurrencia competitiva, para proyectos de almacenamiento energético, que contribuyan a la transición energética, específicamente para proporcionar mayor flexibilidad al sector de la energía, incluida la integración de las fuentes de energías renovables. Las ayudas recogidas en estas bases reguladoras tendrán como finalidad contribuir al cumplimiento de los objetivos OE 2.3. Asimismo, contribuirán a los objetivos incluidos en la Ley 7/2021, de 20 de mayo, de cambio climático y transición energética, así como los recogidos en el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima (PNIEC) 2023-2030.
Estas ayudas podrían estar cofinanciadas por fondos europeos.
Beneficiarios
Los beneficiarios de estas ayudas son personas jurídicas, públicas o privadas, legalmente constituidas y con domicilio fiscal en España, que cumplan los criterios del Programa FEDER 21-27 y los requisitos de la orden y convocatoria. Pueden ser especialmente PYMEs, según la definición europea. También se consideran beneficiarios los miembros asociados a dichas entidades con vínculo jurídico reconocido en sus estatutos o documentos oficiales, siempre que no se trate de subcontrataciones.
Plazo, lugar y forma de presentación
Las solicitudes se deben presentar a través de la sede electrónica del IDAE (Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía).
El plazo para presentar solicitudes será el que establezcan las convocatorias, y estará entre un mínimo de 20 días y un máximo de 3 meses desde la fecha de publicación o efectos de la convocatoria.
Documentos adicionales