Ayudas a entidades locales de Galicia para la financiación de actuaciones en materia de residuos de competencia municipal. Convocatoria 2023 y 2024. Galicia.
Estado
Cerrado
Convocante
Conselleria de Medioambiente, Territorio y Vivienda
Procedencia
CC.AA.
Objeto
Esta orden de 21 de julio tiene por objeto establecer las bases reguladoras por las que se regirá la concesión de subvenciones, por el procedimiento de concurrencia competitiva, a las entidades locales y agrupaciones de entidades locales de Galicia para la financiación de actuaciones encaminadas a implementar la mejora en la recogida de residuos, a través de la mejora de los puntos limpios, puntos limpios de proximidad y puntos limpios móviles, así como el fomento de la preparación para la reutilización y la autorreparación (código de procedimiento MT975S), al tiempo que se hace pública su convocatoria para los años 2023 y 2024.
Al amparo de esta orden de ayudas, serán subvencionables las actuaciones que se citan a continuación para cada línea de ayuda:
a) Línea 1: mejoras en los puntos limpios existentes: proyectos de mejora de las condiciones de las instalaciones municipales para la recogida separada de los distintos flujos de residuos, puntos limpios.
Serán subvencionables al amparo de este punto proyectos y actuaciones que tengan por objeto la mejora en las instalaciones municipales para la recogida separada de los distintos flujos de residuos, puntos limpios, al objeto de mejorar su reciclaje u otra forma de valorización, así como reducir la cantidad de residuos que se destinan a la eliminación. Los conceptos financiables dentro de este tipo de proyectos son los que se recogen a continuación:
1º. La construcción (incluyendo la adecuación del terreno) necesaria para la recogida separada de los distintos flujos de residuos.
2º. Cubiertas para la zona de almacenamiento de residuos. Se priorizará el cierre de residuos cuya exposición al sol y al agua tengan efectos perjudiciales para su reciclado o valorización. En particular residuos de RAEE, pilas, textiles, barnices y otros residuos domésticos peligrosos.
3º. Impermeabilización y recogida de derramamientos de la zona de almacenamiento de residuos peligrosos.
4º. Compra de contenedores y jaulas apropiadas para el almacenamiento de las distintas fracciones de residuos. Se tendrán en cuenta, especialmente, aquellos proyectos que presenten un aumento de las fracciones recogidas separadamente, en especial, las relacionadas con textiles y residuos domésticos peligrosos. En este concepto se incluyen tanto contenedores metálicos, jaulas como estanterías.
5º. Básculas para pesada de entradas y salidas de residuos.
6º. Herramientas informáticas (incluido software) para el registro tanto de entradas como de salidas de residuos (archivo cronológico telemático).
7º. Instalaciones destinadas a la preparación para la reutilización, ya sea para el almacenamiento separado de los residuos susceptibles de ser preparados para la reutilización como para la comprobación o tratamiento.
8º. Elementos de información en el propio punto limpio sobre las condiciones de entrega adecuada de los residuos, tales como carteles, paneles o señalización.
9º. Mejoras en el control de acceso a la zona de almacenamiento de residuos, tales como cierres perimetrales, sistemas de control de acceso, cierres de zona de almacenamiento, sistemas de videovigilancia, alarmas, etc.
10º. Formación para el personal del punto limpio en materia de preparación para la reutilización al objeto de seleccionar adecuadamente aquellos residuos susceptibles de ser preparados para la reutilización.
11º. Servicios complementarios a la ejecución de la obra, tales como honorarios de redacción de proyecto, dirección de obra y coordinación de seguridad y salud.
b) Línea 2: actuaciones destinadas a la instalación de puntos limpios de proximidad para favorecer la recogida separada de distintos flujos de residuos.
En particular, serán subvencionables al amparo de este punto las acciones dirigidas a la implantación de puntos limpios de proximidad para favorecer la recogida separada de distintos flujos de residuos. Los conceptos objeto de financiación dentro de este tipo de proyectos son los que se recogen a continuación:
1º. Adquisición de puntos limpios de proximidad, con diferentes compartimentos para la recogida de distintos flujos de residuos que carecen de sistemas ordinarios de recogida, siempre que se justifique que cumplen los objetivos de este servicio.
2º. Adquisición de herramientas informáticas (incluido software) para el seguimiento de la trazabilidad de los residuos recogidos.
3º. Los elementos de información en el propio punto limpio de proximidad sobre las condiciones de entrega adecuada de los residuos, tales como carteles, paneles o señalización (máximo 1.000 €).
Para subvencionar las actuaciones destinadas a puntos limpios de proximidad, la entidad local deberá acreditar el destino de los residuos recogidos, bien a través de un acuerdo con una instalación de punto limpio fija autorizada o bien directamente a través de acuerdos con gestores de residuos autorizados. Por otra parte, la entidad local deberá comprometerse al cumplimiento de la normativa sectorial en materia de residuos.
c) Línea 3: puntos limpios móviles: proyectos destinados a favorecer la prevención, la recogida separada y adecuada clasificación de flujos especiales de residuos municipales a través de la adquisición de puntos limpios móviles para la mejora y ampliación de los servicios prestados por la Red gallega de puntos limpios existentes para la reutilización o reciclaje en nuestra comunidad autónoma.
Al amparo de esta línea serán subvencionables las actuaciones que se indican a continuación:
1º. Adquisición de puntos limpios móviles, con diferentes compartimentos para la recogida de residuos, pudiendo ser los siguientes modelos:
• Contenedor/caja metálica de gran volumen (este modelo podrá ser elegido solo si la entidad local dispone de camión adaptado para su carga y traslado).
• Remolque y contenedor metálico de gran volumen (este modelo podrá ser elegido solo si la entidad local dispone de camión adaptado para su carga y traslado).
• Camión con caja y chasis.
• Furgoneta adaptada con diferentes contenedores o compartimentos.
• Otros modelos del mercado, siempre que se justifique que cumplen los objetivos de este servicio.
• Todos los vehículos adquiridos deberán ser eléctricos o de biogás de origen vegetal.
2º. Adquisición de equipos o elementos complementarios para la función que prestan los puntos limpios móviles (ganchos, grúas, etc.)
3º. Adquisición de básculas para pesada de los residuos recogidos.
4º. Adquisición de herramientas informáticas (incluido software) para el seguimiento de la trazabilidad de los residuos recogidos.
5º. Adquisición de elementos de información en el propio punto limpio móvil sobre las condiciones de entrega adecuada de los residuos, tales como carteles, paneles o señalización (máximo 1.000 €).
6º. Formación para el personal del punto limpio móvil en materia de preparación para la reutilización al objeto de seleccionar adecuadamente aquellos residuos susceptibles de ser preparados para la reutilización.
d) Línea 4: proyectos de construcción y mejora de instalaciones de preparación para la reutilización y/o autorreparación de residuos domésticos recogidos separadamente (RAEE, textiles, etc.), así como de ampliación de instalaciones para incluir nuevas líneas de preparación para reutilización y autorreparación de residuos recogidos separadamente (RAEE, textiles, etc.) con la finalidad de alargar la vida útil de los materiales y objetos, previniendo la generación de residuos domésticos y la eliminación.
Esta línea tiene como objeto actuaciones destinadas a la creación de espacios públicos de autorreparación e intercambio de objetos y utensilios diversos (muebles, ropa, pequeños electrodomésticos, juguetes...), con la finalidad de alargar la vida útil de los materiales y objetos, previniendo la generación de residuos domésticos y la eliminación, así como actuaciones de preparación para la reutilización de residuos domésticos recogidos separadamente (RAEE, textiles, etc.), con la finalidad de alargar la vida útil de los materiales y objetos, previniendo la generación de residuos domésticos y la eliminación.
Al amparo de esta línea serán subvencionables las actuaciones que se citan a continuación:
1º. La construcción o mejora de la instalación dedicada a la preparación para la reutilización o autorreparación, incluyendo zona de almacenaje y superficie destinada a la venta de los productos recuperados, en su caso. La financiación se limitará a los conceptos mínimos para un adecuado funcionamiento de la instalación y el proyecto cumplirá con todos los requisitos que la normativa sectorial pueda imponer a estas instalaciones. No se incluyen instalaciones auxiliares, como oficinas o almacenes para maquinaria.
2º. Los elementos de almacenamiento adecuado, tanto para los residuos recibidos como para los productos recuperados, como jaulas, estanterías o armarios.
3º. La maquinaria y herramientas necesarias para desarrollar los trabajos de preparación para la reutilización y/o autorreparación. No se incluye en este concepto material fungible u otro tipo de maquinaria y herramientas que no sean necesarias para el desarrollo de la actividad.
4º. Formación para los trabajadores de la instalación.
5º. Campaña de comunicación, una vez terminada la instalación y dirigida a concienciar a la población próxima de la entrega de residuos para su preparación para la reutilización.
6º. La adquisición de software y hardware para el control y la trazabilidad tanto de los residuos recibidos y generados como de los productos recuperados.
7º. Servicios complementarios a la ejecución de la obra, tales como honorarios de redacción de proyecto, dirección de obra y coordinación de seguridad y salud.
e) Línea 5: actuaciones destinadas a la implementación de mejoras en las instalaciones de tratamiento existentes para incrementar su eficacia en la recuperación de materiales contenidos en los residuos municipales que se recojan de forma mezclada, de manera que puedan contribuir a la consecución de los objetivos comunitarios de preparación para la reutilización y reciclaje, así como al de reducción de los residuos municipales destinados a su depósito en vertedero.
Al amparo de esta línea serán subvencionables las actuaciones que se citan a continuación:
1º. Separadores ópticos.
2º. Separadores balísticos.
3º. Separadores de metales férricos y no férricos (p.e., separadores magnéticos, separadores de corrientes de Foucault, etc.).
4º. Cualquier otro método de separación distinto de los enumerados anteriormente que contribuya significativamente a incrementar la eficacia de recuperación de materiales susceptibles de ser reciclados.
5º. Sistemas de tratamiento de la fracción orgánica separada de la fracción resto para su aprovechamiento energético posterior.
Las ayudas convocadas al amparo de esta orden se financiarán con cargo a los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para los años 2023 y 2024 procedentes del Mecanismo de recuperación y resiliencia de la UE en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia, Financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU, con un importe total de 3.100.000,00 €
La financiación máxima otorgada para las actuaciones reguladas en esta orden de ayudas no excederá del 90 % del coste total del proyecto. El porcentaje restante será asumido por el/la beneficiario/a y será compatible con la financiación que los beneficiarios/as puedan recibir de otras administraciones, siempre y cuando no supere el coste total del proyecto que se va a financiar. La financiación aportada no es compatible con los proyectos Clima, promovidos a través del Fondo de Carbono para una Economía Sostenible (FEZ-CO2), con los siguientes importes máximos de subvención:
a) Línea 1. El importe máximo de la subvención conseguida no podrá superar los 150.000 €. No obstante, esta cantidad podrá ampliarse, en el caso de solicitudes presentadas conjuntamente por más de una entidad local, en 10.000 € más por cada entidad participante a mayores de la que figure en la solicitud, hasta un máximo de 200.000 €.
b) Línea 2. El importe máximo de la subvención conseguida no podrá superar los 10.000 €. No obstante, esta cantidad podrá ampliarse, en el caso de solicitudes presentadas conjuntamente por más de una entidad local, en 10.000 € más por cada entidad participante a mayores de la que figure en la solicitud, hasta un máximo de 30.000 €.
c) Línea 3. El importe máximo de la subvención conseguida no podrá superar los 70.000 €. No obstante, esta cantidad podrá ampliarse, en el caso de solicitudes presentadas conjuntamente por más de una entidad local, en 10.000 € más por cada entidad participante a mayores de la que figure en la solicitud, hasta un máximo de 100.000 €.
d) Línea 4. El importe máximo de la subvención conseguida no podrá superar los 200.000 €. No obstante, esta cantidad podrá ampliarse, en el caso de solicitudes presentadas conjuntamente por más de una entidad local, en 10.000 € más por cada entidad participante a mayores de la que figure en la solicitud, hasta un máximo de 250.000 €.
e) Línea 5. La cuantía máxima de la ayuda por beneficiario se establece en función del número de habitantes atendidos por la instalación, a razón de 3,5 €/habitante.
Beneficiarios
Podrán ser beneficiarias las entidades locales municipales, supramunicipales y agrupaciones de entidades locales de Galicia, de conformidad con las competencias que le correspondan en materia de gestión de residuos, que cumplan los requisitos establecidos para cada una de las líneas subvencionables señaladas en esta orden.
Mediante la resolución del 9 de noviembre de 2023 se resuelve la convocatoria y se facilita el listado de beneficiarios.
Plazo, lugar y forma de presentación
El plazo de presentación de solicitudes será de un (1) mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el DOG.
Se ha publicado el 4 de agosto de 2023 y se cerrará el 6 de septiembre de 2023.
Documentos adicionales